DECRETO 254/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para el año 2017.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

La vigente Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, contempla la posibilidad durante el presente ejercicio de aprobar ofertas de empleo en el sector público, con un límite de plazas vinculado al cálculo de la tasa de reposición de empleados fijos que dejaron de prestar servicios durante el año 2016, permitiendo incluir en la oferta hasta un máximo del cien por cien de la correspondiente tasa en una serie de sectores y administraciones considerados prioritarios, y del cincuenta por ciento para el resto de sectores.

Dicha medida reproduce la adoptada en el ejercicio 2016 y que supuso una parcial reducción de las restricciones que han estado vigentes en los últimos años respecto a la incorporación de personal de nuevo ingreso en el sector público sanitario, en el que la limitación señalada ha venido estando fijada con carácter básico por el Estado en un máximo del diez por ciento de la tasa de reposición de efectivos en los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014, y del cincuenta por ciento en el ejercicio 2015.

En Canarias, mediante el Decreto 214/2017, de 9 de octubre, dictado en ejercicio de la habilitación que hace al Gobierno el apartado 2 del artículo 53 de la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, se fija la tasa de reposición de efectivos para 2017 y la forma de cálculo y aplicación de la misma, permite en el presente ejercicio aplicar al personal estatutario del Servicio Canario de la Salud el 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos.

En este contexto, siendo objetivo de actuación del Servicio Canario de la Salud avanzar en la reducción del empleo interino existente en el ámbito del personal estatutario adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, procede hacer uso de la citada autorización y efectuar la oportuna oferta de empleo público para este ámbito funcional. Lo que permitirá recuperar un ritmo adecuado en la convocatoria y celebración de pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo.

Conforme establece el apartado 3 del artículo 53 de la citada Ley 3/2016, de 29 de diciembre, puesto en relación con el artículo 22 de la Ley 2/1999, de 4 de febrero, de medidas urgentes económicas, de orden social y relativas al personal y a la organización administrativa de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 1999, y el artículo 4 del Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a iniciativa de la Consejería de Sanidad y a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, corresponde al Gobierno de Canarias aprobar la oferta de empleo público de personal estatutario adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, previa negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad, de forma conjunta o separada al resto de la oferta de empleo de la Comunidad Autónoma.

La presente oferta de empleo público se configura, por tanto, mediante la aplicación del indicado límite porcentual del cien por cien de la tasa de reposición de efectivos adscritos a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, incluyendo plazas básicas que, estando presupuestariamente dotadas e incluidas en las plantillas orgánicas, se encuentran vacantes y no están afectas a ofertas de empleo público anteriores ni a reserva legal a favor de personal fijo.

Dado el número máximo de plazas que pueden ser objeto de esta oferta de empleo, como consecuencia de las señaladas restricciones a la incorporación en el sector público de personal de nuevo ingreso previstas en la normativa básica de carácter estatal, se atiende al criterio de destinar la misma a determinadas categorías de personal estatutario. Se ofertan tanto las plazas que deben proveerse por personal de nuevo ingreso mediante el sistema de acceso libre, como aquellas a proveer mediante procesos selectivos de promoción interna, facilitando de este modo el derecho a la promoción profesional del personal estatutario fijo al que se refiere el artículo 34 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Con arreglo a lo previsto en los artículos 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y 30.6 de la citada Ley 55/2003, de 16 de diciembre, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado en virtud del Real Decreto-Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre; y en el artículo 10.1 del Decreto 123/1999, de 17 de junio, puesto en relación con el artículo 4.1 del Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se reserva un porcentaje del siete por ciento de las plazas ofertadas, en su cuantía global, para ser cubiertas por personas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.

Cabe finalmente destacar que el presente Decreto tiene en cuenta las previsiones en materia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR