DECRETO 215/2017, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de La Laguna.
Sección | I. DISPOSICIONES GENERALES |
Emisor | Consejería de Educación y Universidades |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, tuvo su origen en la necesidad de adaptar la normativa autonómica vigente en aquel momento a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, regulando, entre otras cosas, aspectos relevantes de nuestro sistema universitario como el régimen, competencias, composición y funcionamiento de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas Canarias.
El Decreto 215/2005, de 24 de noviembre, aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de La Laguna.
La entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, potencia la autonomía de las universidades a la vez que aumenta la exigencia de rendir cuentas sobre el cumplimiento de sus funciones de acuerdo con los principios impulsados por la Unión Europea que tratan de modernizar las universidades y convertirlas en elementos transformadores de una sociedad integrada en la sociedad del conocimiento.
Como consecuencia la Ley 5/2009, de 24 de abril, modifica la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, y pretendió, entre otros fines, potenciar el papel de la educación superior de Canarias, incrementando la interacción con los agentes sociales, y propiciar una mejor respuesta a la demanda de la sociedad y al sistema productivo.
Asimismo, en el proceso de convergencia y adecuación al Espacio Europeo de Educación Superior, las universidades tienen que desempeñar un papel primordial en la sociedad moderna del conocimiento como impulsoras del desarrollo cultural, científico y técnico, que hace necesaria una mayor participación e implicación de la sociedad en la universidad, a la par que exige un incremento de su eficacia, eficiencia y responsabilidad, como principios todos ellos de la propia autonomía universitaria.
En el proceso de adaptación de las titulaciones y de la investigación al Espacio Europeo de Educación Superior, la Ley Orgánica de Universidades otorga un papel relevante a los Consejos Sociales que se ha trasladado a la legislación autonómica.
Así, los Consejos Sociales de las Universidades Canarias son los órganos de participación de la sociedad en la universidad, y deben ejercer como elementos de interrelación entre la sociedad y la universidad con el fin de asegurar una adecuada interconexión entre la actividad académica e investigadora y las necesidades intelectuales, culturales, sociales, científicas, económicas y laborales de Canarias.
De acuerdo con estos planteamientos y considerando globalmente las funciones del Consejo Social de planificación, programación y promoción de la eficiencia de los servicios prestados por la Universidad; supervisión de su actividad económica y de su gestión; y de interacción con los agentes sociales y económicos, surge la necesidad de elaborar un nuevo Reglamento en el que se introduzcan las prescripciones establecidas por el ordenamiento universitario.
La competencia para la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social está atribuida al Gobierno de Canarias, de conformidad con el artículo 10.1 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, que establece que el Pleno del Consejo Social elaborará su propio reglamento de organización y funcionamiento, que someterá a la aprobación del Gobierno de Canarias, previo su control de legalidad.
En su virtud, visto el acuerdo del Pleno del Consejo Social de la Universidad de La Laguna, adoptado en su sesión ordinaria celebrada el 20 de marzo de 2017, aprobando, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, el "Proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de La Laguna", a propuesta de la Consejera de Educación y Universidades y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 16 de octubre de 2017.
D I S P O N G O:
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 16 de octubre de 2017.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN
Y UNIVERSIDADES,
Soledad Monzón Cabrera.
A N E X O
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA.
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