DECRETO 186/2017, de 31 de julio, por el que se modifica el límite de incremento, durante 2017, de las retribuciones y la masa salarial del personal al servicio de los entes que integran el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las universidades públicas canarias, así como las cuantías de los conceptos retributivos previstas en la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyDecreto

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, durante el presente año, las retribuciones del personal al servicio de los entes que integran el sector público de la Comunidad Autónoma y de las universidades públicas canarias no pueden experimentar incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2016. Por su parte, en los artículos 36.1 y 44.1, la Ley determina que la masa salarial del personal al servicio de los entes que forman parte del mismo sector público tampoco puede experimentar incremento respecto a la establecida para el año 2016.

No obstante lo que se acaba de señalar, el artículo 35.5.a) de la misma Ley 3/2016, de 29 de diciembre, dispone que, con sujeción a lo que establezca la normativa del Estado, de carácter básico, el Gobierno puede modificar, por un lado, el límite previsto para las retribuciones y la masa salarial del personal al servicio de los entes que integran el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluidos los miembros del Gobierno y los altos cargos, así como del personal de las universidades públicas canarias, y, por otro, las cuantías de los conceptos retributivos que se determinan en dicha Ley.

La normativa de carácter básico en relación con los gastos de personal al servicio del sector público, durante el presente año, ha quedado establecida en el artículo 18, entre otros preceptos, de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. En su apartado dos, dicho artículo dispone que las retribuciones no pueden experimentar un incremento global superior al 1 por 100 respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2016, y en su apartado cuatro, fija ese mismo porcentaje máximo de incremento para la masa salarial del personal laboral.

Con arreglo a lo establecido en la normativa de carácter básico, el presente Decreto modifica las retribuciones básicas de los funcionarios, y fija el límite del incremento de la masa salarial del personal al servicio del sector público autonómico.

También se modifican, sin comprometer el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, las cuantías de las retribuciones complementarias previstas en la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, con fundamento, en este caso, en las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma y hasta el límite máximo previsto por la normativa de carácter básico.

El presente Decreto se dicta al amparo de la habilitación contenida en el artículo 35.5.a) de la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, y, por su materia, forma parte del contenido eventual que es propio de la ley de presupuestos.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 31 de julio de 2017,

D I S P O N G O

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto modificar el límite de incremento, durante 2017, de las retribuciones y la masa salarial del personal al servicio del sector público autonómico, así como las cuantías de los conceptos retributivos previstas en la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, con fundamento en la autorización establecida en el artículo 35.5 de esa misma Ley y con sujeción a lo dispuesto en la normativa de carácter básico que se contiene en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, en relación con los gastos del personal al servicio del sector público.

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