DECRETO 152/2016, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, establece, en su artículo 70, los criterios y directrices a los que debe ajustarse la Oferta de Empleo Público, concebida como instrumento de programación anual de las necesidades de personal y de racionalización del empleo público, así como de los procesos de selección del personal al servicio de esta Administración autonómica, en los que deben primar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. A su vez, esta oferta se rige por los principios de racionalización y contención del gasto público, que en la coyuntura económica actual han de presidir las actuaciones de las administraciones públicas.

La Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, en su artículo 52, cumpliendo con lo dispuesto en la normativa básica estatal (artículo 20.Uno de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016), establece que a lo largo del presente año, no se procederá en el sector público autonómico a ofertar plazas de nuevo ingreso, exceptuándose de la citada limitación los sectores enunciados en el apartado segundo del citado artículo, respecto de los cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de efectivos de hasta un máximo del 100 por ciento.

La presente Oferta de Empleo Público se circunscribe al ámbito del Cuerpo General de la Policía Canaria y al de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que resultan de aplicación los límites establecidos en el artículo 52.2.A), párrafos d) y e), de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, ya citada, resultando para este ejercicio una tasa de reposición de efectivos, una vez aplicado el señalado 100 por ciento, de 273 plazas, que queda enmarcada en el plan presupuestario a medio plazo (2017-2019) de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, elaborado en cumplimiento del artículo 29 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Las incorporaciones de nuevos efectivos en ejecución de esta Oferta de Empleo Público se realizarán a plazas adscritas al Cuerpo General de la Policía Canaria y a cuerpos, escalas y especialidades de personal que desempeñan, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, funciones de asesoramiento jurídico; gestión de los recursos públicos; prevención y extinción de incendios; control y lucha contra el fraude fiscal, laboral y de subvenciones públicas; control de la asignación eficiente de los recursos públicos; asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales; y gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo, conforme establecen los apartados 2.A).d) y e) y 4 del artículo 52 de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre.

En lo que se refiere a la Oferta de Empleo Público como instrumento de planificación, en el apartado 3 del artículo 70 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, se establece que la Oferta de Empleo Público o instrumento similar que se apruebe podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

En dicho ámbito se encuadra la promoción interna, que se configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene por objeto contribuir a la eficacia en la prestación de los servicios públicos y a la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles que, conforme establece el artículo 29 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, debe facilitarse por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias, y requisito necesario para la progresión en la...

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