DECRETO 170/2000, de 24 de julio, por el que se declara el cese de los miembros del Consejo Económico y Social, por expiración del mandato.
Sección | II. AUTORIDADES Y PERSONAL |
Emisor | Consejería de Empleo y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Decreto |
El apartado 2 del artículo 7 de la Ley 1/1992, de 27 de abril, del Consejo Económico y Social, dispone que el mandato de los miembros que integran dicho organismo es de cuatro años a partir de la publicación de sus nombramientos en el Boletín Oficial de Canarias, y el apartado 3 del mismo artículo establece que cesan por expiración del mandato, sin perjuicio de continuar en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Consejo.
Mediante Decretos de 1 de agosto de 1996, publicados en el Boletín Oficial de Canarias el 3 de agosto siguiente, se procedió al nombramiento de los miembros representantes de las Centrales Sindicales, de las Organizaciones Empresariales, de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y de las Asociaciones de Consumidores en el Consejo Económico y Social.
Las vacantes producidas antes de finalizar los cuatro años se han cubierto por los respectivos suplentes, o por las personas en las que recayó el nuevo nombramiento, durante el tiempo que restaba de mandato, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 7.4 de la referida Ley 1/1992, 15.3 del Decreto 100/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba su desarrollo reglamentario, y 9.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado por Decreto 312/1993, de 10 de diciembre.
Próximos a expirar los cuatro años de referencia, el Gobierno ha de proceder a declarar el cese de los miembros del Consejo Económico y Social, en cumplimiento de la Ley 1/1992 citada, lo que se lleva a efecto mediante el presente Decreto.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Asuntos Sociales y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 24 de julio de 2000,
D I S P O N G O:
Declarar el cese de todos los miembros del Consejo Económico y Social, relacionados a continuación, con efectos del día 3 de agosto de 2000, agradeciéndoles los servicios prestados, y sin perjuicio de que continúen en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Consejo:
A) Miembros en representación de las Centrales Sindicales más representativas:
Titulares:
- D. Manuel González Izquierdo.
- D. José Luis Rivero Ceballos.
- D. José Ignacio Jiménez Sánchez.
- D. Carlos Alberto Ucha Blanco.
- D. José Luis Reina Delgado.
- D. Francisco Ramos Camejo.
Suplentes:
- Dña. María del Rosario Ramos Díaz.
- D. José Miguel González Hernández.
- D. José Emilio Martín Acosta.
- D. Bonifacio Ramón Rodríguez Galván.
- D. Manuel Lemus Amador.
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