ORDEN de 14 de noviembre de 2000, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 454 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero (B.O.E. de 1 de marzo) que aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes en sus artículos 19, 20 y concordantes del Real Decreto 117/2000, de 28 de enero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el 2000, informado por las Comunidades Autónomas con competencia en materia de personal de Administración de Justicia donde se convocan plazas, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas en turno libre, para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, con el fin de atender las necesidades de personal en Administración de Justicia. La convocatoria se efectúa con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

1.- NORMAS GENERALES.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, de acuerdo con la siguiente distribución territorial:

Ver anexos - Página/s 18581 >

1.2. De conformidad con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 117/2000, de 28 de enero, del total de las plazas convocadas se reservarán 11 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%, siempre que superen las pruebas selectivas y acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia.

1.3. Las plazas no cubiertas por el cupo de reserva de discapacitados, se incorporarán al turno libre dentro de cada ámbito territorial en que se convocan; en el turno libre las plazas sin cubrir no podrán acumularse a las de otro ámbito territorial diferente.

1.4. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero (B.O.E. de 1 de marzo), la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y lo dispuesto en la presente Orden.

En lo no previsto en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. de 10 de abril).

1.5. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.2, 14 y 23.2 de la Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, la Administración Pública llevará a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, removiendo los obstáculos existentes por lo que al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo, se refiere.

1.6. De conformidad con lo previsto en los artículos 315 y 491 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículos 19 y 20 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes, y artículo 11 del Real Decreto 117/2000, de 28 de enero, se convocan plazas desiertas en los ámbitos territoriales de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas especificadas en la base 1.1. Los aspirantes sólo podrán participar por un ámbito territorial, por lo que, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren.

1.7. Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

1.8. La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en las Gerencias Territoriales de Justicia, en el Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle San Bernardo, 21 [teléfono (91) 3902167], página web del Ministerio de Justicia http://www.mju.es/, Ofertas de Empleo Público, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas [teléfono (91) 5861400], y en los Órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas:

COMUNIDAD AUTÓNOMA ÓRGANO TELÉFONO Andalucía Subdirección General de Recursos (95) 4553302 Humanos y Medios Materiales, Avenida Ramón y Cajal, s/n, Edificio Viapol, portal B, 3ª planta, 41071-Sevilla. País Vasco Departamento de Justicia, (945) 019132 Dirección de Ordenación 019124 de Recursos Humanos, calle Donostia, 1, 01010-Vitoria, Gasteiz. Canarias Dirección General de Relaciones (928) 459025 con la Administración de Justicia, calle Buenos Aires, 26, 35002-Las Palmas de Gran Canaria. Cataluña Departamento de Justicia, (93) 3164123 Pau Clarís, 81, 3164124 08010-Barcelona. Navarra Departamento de la Presidencia (948) 426780 Gobierno de Navarra, 426791 calle Monasterio de Irache, 22, bajo, 31011-Pamplona. 2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, deberán reunirse los siguientes requisitos:

a) Ser español mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

b) Hallarse en posesión del Certificado de Escolaridad o la acreditación a que se refiere el artículo 15.2 del Real Decreto 1.007/1991, de 14 de junio, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de publicación de la convocatoria.

c) No haber sido condenado ni estar procesado ni inculpado por delito doloso, a menos que se hubiera obtenido la rehabilitación o hubiera recaído en la causa auto de sobreseimiento.

d) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, salvo que se hubiera sido debidamente rehabilitado.

f) No padecer defecto físico o enfermedad que incapacite para el desempeño del puesto.

Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, salvo el correspondiente a la titulación en que deberá estarse a lo dispuesto en el apartado b) de la presente base.

3.- PAGO DE LA TASA DE EXAMEN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

3.1. Pago de la tasa de examen.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia normalizada (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo superior derecho figura Modelo 750") y en la parte superior figura "Ministerio de Justicia, solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia" y liquidación de la tasa de derechos de examen, que será facilitada en los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales, Gerencias Territoriales, Órganos competentes de la Comunidad Autónoma donde se convocan plazas, Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en el propio Ministerio de Justicia.

La instancia consta de tres copias en papel autocopiativo: una para la entidad colaboradora, otra para el interesado y otra para la Administración.

La solicitud cumplimentada de acuerdo con los datos que figuren en la convocatoria, se presentará, para el ingreso de los derechos de examen, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de la tasa de examen, mediante la validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello, firma autorizada y fecha de la misma en el espacio destinado a estos efectos. Una vez efectuado el pago el interesado retirará de la entidad colaboradora el ejemplar para la Administración y el del interesado, en los que figurará la validación de la entidad acreditativa del pago efectuado.

De no efectuarse la solicitud en instancia normalizada, quedará excluido el aspirante pudiendo subsanarse en el plazo previsto siempre que reúna los demás requisitos para su admisión.

Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán al Órgano convocante. El interesado adjuntará a dicha solicitud el comprobante bancario original de haber satisfecho la tasa de examen, mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente nº 1302/9126/98/0018896329, abierta en la sucursal de la Caja Postal nº 9126 de la calle San Bernardo, 18, de Madrid, a nombre de "Tesoro Público, Ministerio de Justicia. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero". El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de la Caja Postal o mediante transferencia desde cualquier otra entidad bancaria.

La tasa de examen será de 1.200 pesetas (7,22 euros).

La falta del pago de la tasa de examen y su justificación dentro del plazo fijado para la presentación de instancias determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa de examen en la entidad colaboradora supondrá la sustitución de la presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación ante el órgano convocante, según determina la base 3.2.

Estarán exentos del pago de la tasa de examen, en virtud de lo dispuesto en el artº. 14 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social:

a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior...

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