DECRETO 125/2007, de 24 de mayo, por el que se constituyen la Junta Central Económico-Administrativa de Canarias y las Juntas Territoriales Económico-Administrativas de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyDecreto

El TÌtulo III de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad AutÛnoma de Canarias, se dedica a la regulaciÛn de las reclamaciones econÛmico-administrativas organizando los Ûrganos econÛmico-administrativos de la Comunidad AutÛnoma de Canarias.

El apartado 1 de la DisposiciÛn Transitoria Segunda de la citada Ley prevÈ que "Hasta tanto se constituyan por decreto del Gobierno de Canarias la Junta Central EconÛmico-Administrativa de Canarias y las Juntas Territoriales EconÛmico-Administrativas de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife, corresponder· al consejero competente en materia de Hacienda el conocimiento y resoluciÛn de las reclamaciones que se susciten en el ·mbito al que se refiere el artÌculo 29 y la DisposiciÛn Adicional Primera de la presente Ley. En el decreto citado se adaptar· la relaciÛn de puestos de trabajo de la consejerÌa competente en materia de Hacienda en los tÈrminos previstos en la presente Ley". Procede, a la vista de la citada disposiciÛn, acordar la constituciÛn de las citadas Juntas.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y Justicia y de EconomÌa y Hacienda y previa deliberaciÛn del Gobierno en sesiÛn celebrada el dÌa 24 de mayo de 2007,

D I S P O N G O:

ArtÌculo 1 Se constituyen, con efectos de 1 de septiembre de 2007, la Junta Central EconÛmico-Administrativa de Canarias y las Juntas Territoriales EconÛmico-Administrativas de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife.
ArtÌculo 2 Se modificar· la relaciÛn de puestos de trabajo de la ConsejerÌa de EconomÌa y Hacienda, en los tÈrminos necesarios para la puesta en funcionamiento de los referidos Ûrganos.
DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- Los apartados 2 y 6 del artÌculo 2 del Reglamento Org·nico de la ConsejerÌa de EconomÌa y Hacienda, aprobado por Decreto 12/2004, de 10 de febrero, quedan redactados en los tÈrminos siguientes:

- "2. Dependen de la ViceconsejerÌa de EconomÌa...

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