DECRETO 123/1995, de 11 de mayo, por el que se establecen las normas para la concesión de ayudas dentro de la iniciativa comunitaria de reestructuración del sector pesquero (iniciativa comunitaria ¿Pesca¿).

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorJuzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario
Rango de LeyDecreto

La Comisión Europea decidió crear en 1994 la iniciativa comunitaria de reestructuración del sector pesquero denominada ¿Pesca¿, según lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento (CEE) nº 4253/88, de 19 de diciembre, del Consejo, por el que se aprueban disposiciones de aplicación del Reglamento 2052/88, de 24 de junio, en lo relativo, por una parte, a la coordinación de las intervenciones de los Fondos estructurales y, por otra, de éstas con las del Banco Europeo de Inversiones y con las de los demás instrumentos financieros existentes, modificado por el Reglamento (CEE) nº 2082/93, de 20 de julio, del Consejo. En el marco de esta iniciativa se pretende apoyar los agentes del sector pesquero creando las condiciones que le permita salir de la crisis estructural en la que está inmerso, propiciando su transformación y ayudándole a soportar las consecuencias sociales y económicas que genera la misma, así como contribuir al desarrollo de actividades relacionadas con el mundo de la pesca capaces de generar empleo. El sector pesquero se encuentra sometido a profundos cambios que le obligan a buscar nuevas orientaciones, formas de desarrollo y acciones que involucren a los interlocutores interesados. Debido a su extrema atomización, el sector pesquero y las zonas dependientes de la pesca sufren graves dificultades para sacar partido de las intervenciones estructurales comunitarias y sólo una acción muy concreta, aplicada a la escala de los propios agentes económicos, está en condiciones de responder a sus necesidades. En su virtud, a propuesta del Consejero de Pesca y Transportes, previo dictamen del Consejo Consultivo de Canarias y tras la deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 11 de mayo de 1995, D I S P O N G O: Artículo 1.- Objetivo. Es objetivo del presente Decreto establecer el régimen específico al que se someterán las subvenciones destinadas al sector pesquero con la finalidad de establecer las condiciones necesarias que propicien su transformación y mitiguen las consecuencias sociales y económicas de la misma, contribuyendo a la diversificación económica de las zonas más dependientes de la pesca mediante el desarrollo de actividades generadoras de empleo, complementando con ello las acciones previstas en el Decreto 115/1995, de 26 de abril, por el que se establecen las normas para la concesión de ayudas con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos. Artículo 2.- Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en el presente Decreto: a) Los agentes colectivos, públicos o privados. b) Los agentes económicos individuales capaces de contribuir directamente a la diversificación de la actividad. c) Otros agentes colectivos, públicos o privados, directamente afectados por el cambio del sector. 2. Para acceder a las subvenciones, los solicitantes deberán tener su...

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