DECRETO 99/1998, de 26 de junio, por el que se regula la composición, organización y funciones de la Comisión de Menores.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Empleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Territorial 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, crea el Consejo General de Servicios Sociales con el objeto de facilitar la coordinación de los agentes del sistema de servicios sociales y posibilitar la participación social en su dirección y gestión.

El Decreto 5/1995, de 27 de enero, sobre composición, organización y funcionamiento del Consejo General de Servicios Sociales de Canarias, dispone que dicho Consejo desarrollará sus funciones a través delPleno, de la Comisión Permanente y de las Comisiones Técnicas Especializadas, definiendo, a estas últimas, como grupos de estudio encargados de elaborar los proyectos de informes en las materias propias del Consejo.

Por su parte, la Ley Territorial 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores, crea la Comisión de Menores dentro de la organización del Consejo General de Servicios Sociales de Canarias, como órgano de participación con funciones de información, estudio, asesoramiento y propuesta, integrada por representantes de las Administraciones Públicas Canarias y de las organizaciones sociales que presten servicios de atención a los menores, profesionales y usuarios, con la composición, organización, competencias y funcionamiento que se establezca reglamentariamente.

Por lo expuesto, en cumplimiento del mandato de la citada Ley de Atención Integral a los Menores, y a propuesta conjunta de los Consejeros de Empleo y Asuntos Sociales y de Presidencia y Relaciones Institucionales, oído el Pleno del Consejo General de Servicios Sociales y previa deliberación del Gobierno en reunión de 26 de junio de 1998,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- 1. El presente Decreto tiene por objeto regular la composición, organización y funciones de la Comisión de Menores en la organización del Consejo General de Servicios Sociales de Canarias.

2. La Comisión de Menores se constituye dentro del Consejo General de Servicios Sociales como Comisión Técnica Especializada de carácter permanente.

Artículo 2.- 1. La Comisión de Menores es un órgano del Consejo General de Servicios Sociales de Canarias con funciones de información, estudio, asesoramiento y propuesta.

2. Corresponden a la Comisión de Menores, en particular, las siguientes funciones:

a) Estudiar la situación y las necesidades de la población canaria menor de dieciocho años.

b) Proponer las medidas que se estimen oportunas en orden a mejorar la calidad de vida de los...

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