DECRETO 99/1986, de 6 de junio, por el que se establece y regula el Comité de Coordinación para el desarrollo integral de la Zona Norte de La Palma.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Ganadería y Pesca
Rango de LeyDecreto

La Ley 25/1982, de 30 de junio, de Agricultura de Montaña establece un régimen jurídico especial para las mismas, con la finalidad de facilitar su desarrollo social y económico, manteniendo un nivel demográfico adecuado y atendiendo a la conservación y restauración del medio físico como hábitat de sus poblaciones, en la perspectiva de equiparar el nivel de todos los españoles. Aunque basándose en la producción agropecuaria, la Ley 25/1982 aborda el desarrollo de esas zonas desde una perspectiva más amplia, que enmarca integralmente los distintos aspectos que conforman la calidad de vida de sus habitantes.

El Decreto 2.164/1984 de 31 de octubre, por el que se regula la acción común para el desarrollo integral de las zonas de agricultura de montaña, desarrollando la Ley 25,,'1982, de 30 de junio, establece en su artículo 5' y siguientes que dicha acción común se instrumentará a través de Programas de Ordenación y Promoción específicos para cada zona y elaborados, teniendo en cuenta los Programas de Desarrollo Regional realizados por las correspondientes Comunidades Autónomas, por el Comité de Coordinación de zona.

El mismo Real Decreto 2164/1984, en su artículo 21', expresa que en cada Zona se creará un Comité de Coordinación, cuya regulación será establecida por la Comunidad Autónoma respectiva, que se encargará de elaborar, seguir, evaluar y coordinar la ejecución y gestión del correspondiente programa de Ordenación Y Promoción.

El Real Decreto 1937/1985, de 9 de octubre, por el que se culmina el proceso de transferencias de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de Reforma y Desarrollo Agrario, determina, entre las funciones a asumir por ésta, el acordar y realizar las actuaciones de interés de la Comunidad Autónoma en las Zonas de Agricultura de Montaña. de acuerdo con lo establecido en la Ley que ¡as regula.

Finalmente, la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 6 de marzo de 1985, por la que se establece la primera delimitación perimetral de las superficies susceptibles de ser declaradas Zonas de Agricultura de Montaña, relaciona en su Anexo términos municipales comprendidos en las islas de La Gomera, El Hierro. La Palma y Gran Canaria.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 6 de junio de 1986,

D 1 S P 0 N G 0

Artículo l'.- I. El Gobierno procederá a la puesta en marcha y posterior...

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