DECRETO 90/2006, de 4 de julio, por el que se constituye la Comisión Interdepartamental para la Educación y Formación Permanente de Personas Adultas.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

PREÁMBULO En la última década la educación y formación de las personas adultas han experimentado importantes avances. Entre otros, merecen especial atención el aumento de la oferta y de la pluralidad de ámbitos educativos, la diversidad de líneas de actuación y el creciente reconocimiento social, económico y político de su importancia.

El Gobierno de Canarias, al igual que las corporaciones locales y distintas instituciones públicas y privadas o de iniciativa social, están realizando ofertas formativas de educación y formación permanente de personas adultas que es necesario coordinar con el fin de optimizar y rentabilizar los recursos humanos, materiales y económicos que se están empleando.

Teniendo en cuenta, asimismo, que en el Gobierno de Canarias las competencias en materia de educación y formación permanente de adultos están distribuidas entre distintos Departamentos, se hace necesario establecer unos mecanismos que faciliten la coordinación y planificación de las acciones de educación y formación de personas adultas.

Con la promulgación de la Ley Territorial 13/2003, de 4 de abril, de Educación y Formación Permanente de Personas Adultas de Canarias, se trata de dar respuesta, entre otras, a esta necesidad de coordinación entre las distintas Consejerías con competencias en materia de educación y formación permanente de personas adultas.

El artículo 1.4 establece, a su vez, que "teniendo en cuenta las características singulares que concurren en los procesos de formación dirigidos a las personas adultas, las administraciones públicas canarias armonizarán las diferentes actuaciones en su ámbito de actuación y velarán para que la Educación y Formación Permanente de Personas Adultas funcione con un marco normativo propio ajustado a lo establecido en la presente Ley".

Asimismo, en el artículo 14.2, del Título V, se establece la constitución de una Comisión Interdepartamental para la Educación y Formación Permanente de Personas Adultas, como instrumento de coordinación de los diferentes Departamentos de la Administración autonómica con competencias en esta materia. En la composición de esta Comisión se integran las Consejerías que...

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