DECRETO 76/1984, de 10 de Febrero, por el que se crea la Comisión de Canarias para la conmemoración del V Centenario del Descubrimiento de América.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

En el año 1.992, se cumple el V Centenario del Descubrimiento de América. El papel que jugó Canarias en tan magno acontecimiento y las estrechas relaciones que desde siempre han vinculado a nuestra región con Hispanoamérica se constituyen en fundamento para que las instituciones públicas canarias, ejerciendo una responsabilidad de raíces históricas, asuman la participación que les corresponde en los actos conmemorativos de la efemérides.

Por ello, el Gobierno de Canarias, recogiendo la iniciativa de un grupo de intelectuales y estudiosos de estos temas, pretende con la Comisión Regional para la conmemoración del 500 Aniversario del descubrimiento, dar reales al protagonismo canario en la gesta a través de las actividades propias que con tal motivo se organicen y de la colaboración en las tareas de la Comisión Nacional creada por Real Decreto 736/1981, de 10 de Abril, y reorganizada por el Real Decreto 697/1.982, de 5 de Marzo.

La composición de la Comisión de Canarias refleja en líneas generales las inquietudes de las instituciones públicas y privadas que hasta ahora se han preocupado por dar una respuesta coherente a la demanda de clarificación y reconocimiento de la presencia del pueblo canario en América,

En términos globales, el funcionamiento de la Comisión responde a un modelo desburocratiado, más apto para la consecución de los objetivos que se trazan consistentes fundamentalmente en estudios científicos, laborales de divulgación y actos que conmemoren la relevancia del evento.

En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno, en sesión celebrada el día 10 de Febrero de 1.984.

D I S P 0 N G 0

Artículo 1°.- Se constituye en la Presidencia del Gobierno, la Comisión de Canarias para la Conmemoración del V Centenario del descubrimiento de América. Esta Comisión gozará de las competencias necesarias y recursos propios para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 2°.-1. La Comisión estará compuesta por los siguientes miembros:

*Un representante, con cargo de Director General, por cada una de las Consejerias de Educación, Cultura y Deportes, y Turismo y Transportes, del Gobierno de Canarias.

* El Secretario General Técnico de la Presidencia del Gobierno Autónonio.

* Un representante por cada uno de los siete Cabidos Insulares.

*Un representante del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

*Un representante del Ayuntamiento de San Sebastian de La Gomera,

* Un representante por cada una de las...

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