ORDEN de 20 de junio de 2013, por la que se aprueba el modelo 471 de autoliquidación del Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Canarias, correspondiente al período impositivo del año 2012, así como el lugar y forma de presentación.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Seguridad
Rango de LeyOrden

El artículo 41 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales (en adelante, Ley 4/2012), creó, como tributo propio, el Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Canarias. Este tributo entró en vigor el día 1 de julio de 2012.

Conforme a la Disposición transitoria sexta de la citada Ley 4/2012 durante el mes de noviembre del año 2012 debió efectuarse por parte de los sujetos pasivos un pago a cuenta correspondiente al período impositivo del año 2012.

El número 1 del apartado diez del mencionado artículo 41 de la Ley 4/2012 dispone que los sujetos pasivos deberán determinar e ingresar la deuda tributaria mediante autoliquidación en el mes de julio inmediatamente siguiente al período impositivo. Conforme a lo dispuesto en el número 1 del apartado seis de este artículo 41, con carácter general, el período impositivo será el año natural.

El número 2 del apartado diez del artículo 41 de la Ley 4/2012 dispone que por orden del consejero competente en materia tributaria se establecerán el lugar y forma de presentación, modelos y obligaciones formales, así como las específicas de justificación e información, destinadas a la aplicación e inspección y al control de las deducciones de este impuesto.

En virtud de todo ello,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Aprobación del modelo 471 y de su anexo.
  1. Se aprueba el modelo 471 de autoliquidación del Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Canarias, correspondiente al período impositivo del año 2012, que consta como anexo a la presente Orden.

    El modelo 471 consta de tres ejemplares: ejemplar para el sujeto pasivo, ejemplar para la Entidad colaboradora y ejemplar para la Administración Tributaria Canaria.

  2. El modelo 471 tendrá un anexo denominado «Certificación comprensiva del saldo final de cada trimestre natural desglosada por oficinas y, en su caso, sede central». Su cumplimentación sustituye la obligación de acompañar una única certificación comprensiva del saldo final de cada trimestre natural desglosada y referida a todas las oficinas radicadas en el ámbito de aplicación del Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de...

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