DECRETO 42/2009, de 21 de abril, por el que se modifica el Decreto 57/1986, de 4 de abril, que aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia y Seguridad
Rango de LeyDecreto

La Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, establece que sólo serán autorizados en la Comunidad Autónoma de Canarias los juegos y apuestas incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas, y dispone las modalidades que como mínimo incorporará el Catálogo.

Dicho Catálogo fue aprobado por el Decreto 57/1986, de 4 de abril, dictado en cumplimiento de la anterior Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias.

Desde su aprobación han surgido nuevas modalidades en los juegos exclusivos de Casinos de Juego que no recoge el vigente Catálogo y que justifica, a la vista de la demanda del sector empresarial afectado así como de la experiencia contrastada de otras Comunidades Autónomas, la ampliación del Catálogo de Juegos y Apuestas de Canarias, introduciendo, entre los juegos exclusivos de Casinos de Juego, nuevas modalidades como son: la Ruleta de la fortuna, el Blackjack Descubierto, el Triple Blackjack, el Minipunto, el Pai Gow Póker o Póker Chino, el Póker Cubierto de Cinco Cartas con Descarte y las variantes del Póker Descubierto formadas por el Seven Stud Póker, el OÕmaha, el HoldÕem y el Five Stud Póker.

De otra parte, el Decreto 57/1986 [artículo 2.a)] optó, al regular los juegos exclusivos de Casinos de Juego, por una remisión expresa a la norma estatal: "es de aplicación directa la legislación del Estado que regula las denominaciones, modalidades, elementos para su ejercicio y reglas de los juegos". La norma estatal vigente es la Orden Ministerial de fecha 9 de octubre de 1979, por la que se aprueba el Catálogo definitivo de juegos. Debido al tiempo transcurrido desde su aprobación y la experiencia acumulada en la práctica de los juegos recogidos en la misma, es necesario revisar dichas reglas y disponer su aplicación directa en el ámbito de nuestra Comunidad con el fin de garantizar la transparencia en su desarrollo y los legítimos intereses de los jugadores que lo practiquen, por lo que se ha procedido a la descripción de las normas de funcionamiento y de los componentes materiales y personales del juego.

Asimismo y dada la demanda y la importancia como reclamo turístico de los torneos y competiciones sobre juegos exclusivos de Casinos, se permite la realización de los mismos previa autorización administrativa.

En virtud de lo expuesto, visto el dictamen de la Comisión del Juego y las Apuestas de Canarias, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 21 de abril de 2009,

D I S P O N G O:

Artículo único Modificación del Decreto 57/1986, de 4 de abril, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias.

El Decreto 57/1986, de 4 de abril, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El artículo 1 queda redactado como sigue:

Artículo 1.- El Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias comprende las siguientes actividades:

I.- Juegos exclusivos de Casinos de Juego:

A) Juegos de Contrapartida:

1.- La ruleta.

- Francesa.

- Americana un solo cero.

- La bola.

- La fortuna.

2.- El blackjack.

- Black Jack.

- Black Jack descubierto.

-Triple Black Jack.

3.- El Punto Banca.

- El Punto Banca.

- El Minipunto.

4.- El Póker de contrapartida.

- Póker sin descarte.

- Póker con descarte.

- El trijoker.

- El pai gow póker o póker chino.

5.- Treinta y Cuarenta.

6.- Dados o Craps.

B) Juegos de Círculo.

1.- El Bacará o Chemin de fer.

- El Bacará.

- El Bacará a dos paños.

2.- El Póker de círculo.

- Póker cubierto de cinco cartas con descarte.

- Póker descubierto.

· Seven stud póker.

· OÕmaha.

· HoldÕem.

· Five stud póker.

· Póker sintético.

C) Torneos o campeonatos de juegos de círculo de Casinos.

II. Juegos exclusivos de Salas de Bingos: Bingo.

III. Otros juegos:

Lotería.

Juegos mediante Boletos.

Máquinas Recreativas con premio y azar.

Rifas.

Tómbolas.

Combinaciones Aleatorias.

Apuestas Hípicas.

Apuestas de galgos.

Apuestas de frontón.

Apuestas de otras actividades deportivas o de competición.

Dos. El artículo 2 queda redactado como sigue:

Artículo 2.

a) Para los juegos exclusivos de Casinos de Juego es de aplicación directa el régimen previsto para cada uno de estos juegos en el anexo que se inserta a continuación del presente Decreto.

Estos juegos se podrán interconectar con cualesquiera de los legalmente autorizados en el casino.

b) Para el resto de los juegos, sin perjuicio de lo dispuesto en este Decreto, será de aplicación directa el régimen previsto para cada uno de estos juegos en su correspondiente Reglamento regulador.

Tres. El anexo queda redactado como sigue:

"A N E X O

  1. Juegos exclusivos de Casinos de Juego:

    1. JUEGOS DE CONTRAPARTIDA.

    Son juegos de contrapartida aquellos en los que el jugador apuesta contra el casino, a quien corresponde el cobro de las apuestas perdedoras y el pago de los premios obtenidos.

    1. RULETA.

    La ruleta es un juego de azar, de los denominados de contrapartida, cuya característica esencial reside en que los participantes juegan contra el establecimiento organizador, dependiendo la posibilidad de ganar del movimiento de una bola que se mueve dentro de una rueda horizontal giratoria. Existen varias modalidades: la ruleta francesa, americana de un solo cero, la bola y la fortuna.

    Ver anexos - página 9639

  2. Denominación.

    La ruleta francesa es un juego de azar dependiendo la posibilidad de ganar del movimiento de una bola que se mueve dentro de una rueda horizontal giratoria.

  3. Elementos del Juego.

    Instrumentos de la ruleta francesa.

    El material de este juego se compone de un cilindro de madera, de unos 56 centímetros de diámetro, en cuyo interior se encuentra un disco giratorio sostenido por un eje metálico. Este disco, cuya parte superior presenta una superficie ligeramente cóncava, está dividido en 37 casillas radiales, separadas por pequeños tabiques metálicos. Dichos compartimentos, alternativamente rojos y negros, están numerados del 1 al 36, más el cero, que suele ser blanco o verde, pero que no podrá ser rojo ni negro. Nunca dos números consecutivos son vecinos, y, por otra parte, los números cuya suma de cifras sea par son siempre negros, así como el 10 y el 29 y a excepción del 19. Un dispositivo que sobresale del eje, consistente en dos travesaños entrecruzados en el centro mismo de la ruleta, permite darle a ésta un movimiento giratorio en un plano horizontal.

    La ruleta se juega en una mesa larga y rectangular u ovalada en cuyo centro o extremo está la mencionada rueda. A un lado de ésta o a ambos se encuentra el tablero o tableros, en el que están dibujados los 36 números rojos y negros, dispuestos en tres columnas de a doce, un espacio reservado al cero y otros para las diversas combinaciones o suertes en los que estarán impresos en lengua castellana los distintos términos o abreviaturas indicativos de aquéllas. Entre estas combinaciones, el paño de la mesa podrá tener espacios reservados para las jugadas clásicas de vecinos, sector del cero, tercio del cilindro, huérfanos, ...

    Según que en la mesa existan uno o dos tableros, la ruleta se denomina "a un paño"o a "dos paños", respectivamente.

  4. Personal.

    1. Clases.

      El personal afecto a cada la ruleta comprende:

      1. Para la denominada "a dos paños": un jefe de mesa y opcionalmente un subjefe de mesa, que deben colocarse frente y de cara al cilindro; cuatro croupiers, que se sitúan en el centro de la mesa, respectivamente a derecha e izquierda de aquéllos, y opcionalmente dos "extremos de mesa", instalados en las extremidades de ésta.

        En el caso de abrir un sólo paño se aplicarán los mismos elementos personales y el mismo anticipo que para la de un solo paño.

      2. Para la denominada "a un solo paño": entre dos y cuatro empleados, un jefe de mesa, dos croupiers y un extremo de mesa, dependiendo del volumen de juego de la mesa.

        Puede existir un jefe de mesa por cada cuatro mesas.

    2. Competencias.

      1. El jefe y el subjefe tienen por misión dirigir la partida y controlar los cambios realizados en el curso de la misma, estándoles prohibido manipular, de cualquier modo que sea, el dinero, las placas o las fichas.

      2. Los croupiers deben encargarse, sucesivamente y siguiendo un orden de rotación establecido, de accionar el cilindro y lanzar la bola, así como de llevar a cabo las demás operaciones necesarias para la realización del juego, cuyo contenido se especifica en el apartado correspondiente a las reglas de funcionamiento. Asimismo, podrán colocar las apuestas sobre la mesa.

      3. Los "extremos de mesa" tienen por misión colocar las apuestas en la zona que ellos controlan a petición de los jugadores presentes en la mesa y ejercer una vigilancia particular sobre aquéllas, a fin de evitar errores, discusiones y posibles fraudes.

  5. Reglas de la ruleta.

    1. Combinaciones posibles.

      Los jugadores pueden hacer uso de las combinaciones siguientes:

      1. Posibilidades o suertes múltiples:

        1. Pleno o número completo. Consiste en hacer la apuesta en uno cualquiera de los 37 números y proporciona al jugador que gana 35 veces su apuesta.

        2. Pareja o caballo. La apuesta se pone a caballo sobre la línea que separa dos números y proporciona al jugador que gana 17 veces su apuesta.

        3. Fila transversal. Se juega a los tres números seguidos que constituyen una fila, colocando su apuesta en medio de la línea longitudinal que separa las filas de los espacios laterales destinados a las suertes sencillas. Caso de salir uno de los tres números, el jugador obtiene 11 veces la cantidad que puso. Se considerará como fila transversal también el 0, 1, 2 y el 0, 2, 3.

        4. Cuadro. La apuesta se hace sobre cuatro números contiguos que forman un cuadro, colocándose la apuesta...

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