DECRETO 28211989, de 2 de diciembre, por el que se delega en el Consejero de Obras Públicas, vivienda y Aguas la aceptación de las cesiones gratuitas de suelo, por parte de los Ayuntamientos, para la construcción de viviendas de promoción pública.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
Rango de LeyDecreto

Por acuerdo del Gobierno, de 1 3 de m ayo de 19 8 8, se aprobó el Programa Trienal de Viviendas en el Archipiélago Canario, al amparo del cual se ha previsto la promoción por el propio Gobiemo de 4.605 viviendas de nueva planta, en régimen especial, y cuya financiación se obtendr mediante la suscripción de préstamos hipotecarios.

Hall ndose en tr mite, por parte de distintos Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma, los expedientes para la cesión gratuita a ésta de los terrenos necesarios para la construcción de las viviendas asignadas por el referido Plan, se hace preciso, de conformidad con lo prevenido en los artículos 29.1 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias y 77 de su Reglamento, aprobado por Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, regular un sistema gil y eficaz que permita a la Administración Autonómica la aceptación de tales terrenos.

Siendo en el presente caso competente, para la tramitación de los expedientes de aceptación de tales donaciones, la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la referida Ley de Patrimonio y el artículo 22.1.4 del Decreto 68/1986, de 18 de abril, por el que se regula la estructura y funciones de la hoy Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, parece conveniente delegar en el titular de dicho Departamento la facultad de aceptar estas cesiones gratuitas de los...

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