ORDEN de 31 de octubre de 2012, por la que se regula el procedimiento para la provisión de los puestos de Jefatura de Servicio y de Sección de carácter asistencial en las unidades de asistencia especializada de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

El Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 91, de 14.7.99), establece en su disposición adicional tercera que los puestos de Jefes de Servicio y de Sección de carácter asistencial de las unidades de asistencia especializada se proveerán por los Gerentes o Directores Gerentes respectivos a través de convocatoria pública, mediante un proceso basado en la evaluación del currículum profesional de los aspirantes y en un proyecto técnico relacionado con la gestión de la unidad asistencial. Determina a su vez la norma, como elemento esencial del sistema de provisión de estos puestos, el carácter temporal del nombramiento a realizar, siendo preciso proceder a la evaluación de los aspirantes seleccionados, a efectos de su continuidad en el mismo, con una periodicidad máxima de cuatro años.

Atribuye la citada norma al Consejero competente en materia de sanidad la regulación del sistema al que habrá de ajustarse la correspondiente provisión, así como la evaluación del personal que desempeñe los citados puestos.

La presente Orden responde a la necesidad de abordar la reglamentación del procedimiento a seguir para la provisión de dichos puestos de trabajo, mediante el establecimiento de un sistema que, respetando las prescripciones normativas que se apuntan en el citado Decreto, garantice tanto la necesaria objetividad e igualdad en las condiciones de acceso, como la cualificación profesional de las personas que vayan a desempeñarlos.

A tal efecto establece la norma las características del procedimiento a seguir, los requisitos exigibles para participar en los mismos, la documentación a aportar, la composición de las comisiones de valoración que hayan de evaluar a los aspirantes, así como los criterios y proceso de valoración del currículum profesional y del proyecto técnico en que se fundamenta el sistema de provisión.

Paralelamente determina esta Orden la puesta en marcha del procedimiento de evaluación del personal que viene desempeñando tales puestos con carácter temporal, a efectos de su continuidad en el mismo, en los términos previstos en la Orden de 15 de julio de 1999, del Consejero de Sanidad y Consumo, al haber sido definitivamente confirmada por el Tribunal Supremo -en sentencias de 19 de mayo de 2006, 10 de julio de 2006 y 6 de febrero de 2009- la aplicabilidad de dicho procedimiento respecto a quienes accedieron en su momento a un puesto de Jefe de Servicio o de Sección de los servicios jerarquizados de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social por el sistema establecido en la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 5 de febrero de 1985.

En su virtud, vistos los preceptos citados en relación con el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y tras la oportuna negociación con las organizaciones sindicales legitimadas para estar presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento para la provisión de los puestos de trabajo de Jefatura de Servicio y de Sección de carácter asistencial en las unidades de asistencia especializada de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

Artículo 2 Sistema de provisión.

Los puestos de trabajo de Jefatura de Servicio y de Sección de carácter asistencial en las unidades de asistencia especializada de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud serán provistos con carácter temporal, a través de convocatoria pública, mediante un proceso basado en la evaluación del currículum profesional de los aspirantes y de un proyecto técnico relacionado con la gestión de la unidad de asistencia especializada a cuya Jefatura se opte.

Artículo 3 Requisitos de participación.
  1. Podrá participar en los procedimientos de provisión de los puestos de trabajo de Jefatura de Servicio y de Sección de carácter asistencial en las unidades de asistencia especializada de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud el personal facultativo con nombramiento como personal estatutario fijo, en situación de servicio activo, que desempeñe plaza de la especialidad objeto de convocatoria en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, así como los profesores universitarios que desempeñen plaza asistencial vinculada de la correspondiente especialidad en el Área de Salud donde se encuentre la unidad de asistencia especializada a cuya Jefatura se opta.

  2. Además de reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos generales establecidos en el artículo 56.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para poder participar en los indicados procesos de provisión será requisito indispensable haber prestado servicios en la especialidad de que se trate en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, hospitales acreditados para la docencia por la Comisión Nacional de la especialidad de que se trate o en centro extranjero con programa reconocido para la docencia de postgraduados en la especialidad correspondiente, durante un período mínimo de cinco años si se opta a una Jefatura de Servicio, o de tres si se opta a una Jefatura de Sección.

    Se sumará el período de tiempo de desempeño de plaza en diferentes Servicios y Hospitales con carácter fijo o temporal y se contabilizarán como uno sólo los períodos de tiempo en los que se haya desempeñado simultáneamente más...

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