DECRETO 114/2009, de 28 de julio, por el que se crea y regula la reserva de cantidades de referencia no asignadas a ningún productor de plátanos, conforme a lo establecido en el programa comunitario de apoyo a las producciones agrarias de Canarias.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Agosto de 2009
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería,Pesca y Alimentación
Rango de LeyDecreto
Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación
1202 DECRETO 114/2009, de 28 de julio, por el que
se crea y regula la reserva de cantidades de
referencia no asignadas a ningún productor de
plátanos, conforme a lo establecido en el pro-
grama comunitario de apoyo a las produc-
ciones agrarias de Canarias.
El Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo, de
30 de enero, establece medidas específicas en el sec-
tor agrícola a favor de las regiones ultraperiféricas
de la Unión. Su artículo 9 regula el desarrollo de pro-
gramas comunitarios de apoyo a las citadas regiones,
que incluyen expresamente medidas específicas a
favor de las producciones agrarias locales a las que
les es aplicable el título II de la tercera parte del Tra-
tado. En este sentido el “Programa Comunitario de
Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias”
(POSEI) fue aprobado, como parte del Programa
General para Canarias, mediante Decisión de la Co-
misión de 9 de noviembre de 2006 [C (2006) 5307
final].
El Reglamento (CE) nº 2013/2006 del Consejo,
de 19 de diciembre, por el que se modifican los Re-
glamentos (CEE) nº 404/93, (CE) nº 1782/2003 y (CE)
nº 247/2006 en lo que respecta al sector del plátano,
ha dado fin al régimen de ayudas a los productores
de plátanos en la Organización Común de Mercados
(OCM) de dicho producto, incorporando nuevos fon-
dos al referido Programa de Apoyo, a fin de permi-
tir el establecimiento de medidas dirigidas a los pro-
ductores de este sector.
Por Decisión de 22 de agosto de 2007 [C (2007)
3937 final] la Comisión aprueba la modificación del
citado Programa, incorporando una nueva ayuda a los
productores de plátanos. Esta ayuda ha sido publici-
tada mediante Orden de 12 de septiembre de 2007,
de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación (B.O.C. nº 187, de 18.9.07).
El apartado 1.4 de la citada Orden regula la ges-
tión de la reserva de cantidades de referencia no asig-
nadas a ningún productor, que debe constituirse a par-
tir del año 2008, de acuerdo con lo establecido en el
párrafo cuarto del apartado 1.2 “Cantidades de refe-
rencia” de la mencionada Orden de 12 de septiem-
bre de 2007.
En desarrollo de dicho apartado y a fin de que nue-
vas superficies y, en su caso, nuevos productores de
plátanos puedan acceder a esta ayuda es necesario cons-
tituir la reserva de cantidades de referencia no asig-
nadas a ningún productor y determinar el procedimiento
para su correcta gestión.
Por otro lado, en 2001 se modificó el artículo 12
del Reglamento (CEE) nº 404/93 del Consejo, de 13
de febrero de 1993, por el que se establece la orga-
nización común de mercados en el sector del pláta-
no, para introducir en su apartado 9 la posibilidad de
autorizar a un Estado miembro a no conceder tem-
poralmente la ayuda compensatoria por los plátanos
procedentes de nuevas plantaciones realizadas con pos-
terioridad al 1 de junio de 2002. A petición del Go-
bierno de Canarias, España solicitó a la Comisión au-
torización para la aplicación de esta medida de
exclusión. Dicha autorización fue concedida para un
período de tres años mediante Decisión de 31 de ma-
yo de 2002 y posteriormente, mediante Decisión de
la Comisión de 31 de mayo de 2005, dicho período
se prorrogó tres años más. Se trata ahora de incor-
porar al nuevo procedimiento de la ayuda, basado en
las cantidades de ayuda compensatoria percibidas
en virtud del régimen anterior, a aquellos producto-
res de plátanos que debido a esta exclusión no tie-
nen asignadas cantidades de referencia.
En su virtud, de acuerdo con el dictamen del Con-
sejo Consultivo de Canarias, a propuesta de la Con-
sejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimenta-
ción y previa deliberación del Gobierno en sesión
celebrada el día 28 de julio de 2009,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- Objeto.
El presente Decreto tiene por objeto constituir la
reserva de cantidades de referencia no asignadas a nin-
gún productor de plátanos, regular su procedimien-
to de gestión y la asignación de la misma, de con-
formidad con lo establecido en el Programa Comunitario
de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
(POSEI), con la finalidad de que nuevas superficies
y, en su caso, nuevos productores de plátanos pue-
dan acceder a la ayuda destinada a este sector.
Artículo 2.- Constitución de la reserva.
1. Se constituye la reserva de cantidades de refe-
rencia no asignadas a ningún productor de plátanos
con una dotación inicial única de 4.000 toneladas pa-
ra el abono de la ayuda a los productores de pláta-
nos correspondiente al año 2008.
2. Esta dotación inicial se incrementará para la cam-
paña 2009 y sucesivas con aquellas cantidades de re-
ferencia que, a causa de abandonos parciales o tota-
les de la producción u otras circunstancias, quedaran
sin asignar a ningún productor de plátanos.
3. Con carácter general, las cantidades de referencia
no asignadas a ningún productor de plátanos se ad-
judicarán por la Consejería de la Administración Pú-
blica de la Comunidad Autónoma de Canarias com-
petente en materia de aplicación de la política agrícola
Boletín Oficial de Canarias núm. 150, martes 4 de agosto de 2009 17511

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