DECRETO 129/2010, de 20 de julio, del Presidente, por el que se asigna a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio la ampliación de los medios económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 827/2010, de 25 de junio.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Por Real Decreto 827/2010, de 25 de junio, se amplían los medios económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 447/1994, de 11 de marzo, en materia de gestión de la formación profesional para el empleo.

Tales medios económicos corresponden al área de empleo de la Administración autonómica, por lo que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/1997, de 6 de junio, sobre sedes de los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo único Se asigna a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio la ampliación de los medios económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 827/2010, de 25 de junio.
Disposición final El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y surte efectos desde la fecha de efectividad del traspaso.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de julio de 2010.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

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