DECRETO 8/2010, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Fecha de Entrada en Vigor | 26 de Febrero de 2010 |
Sección | I. DISPOSICIONES GENERALES |
Emisor | Consejería de Obras Públicas y Transportes |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 206/2007, de 13 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, dispone en su artículo 1 que el Gobierno de Canarias se organiza, entre otras, en la Consejería de Obras Públicas y Transportes que asume, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 4, las competencias que legal y reglamentariamente tenía encomendadas la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, a excepción de las de vivienda, que se asignan a la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda.
Por su parte, el Decreto 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias, en la redacción dada por el Decreto 301/2007, de 31 de julio, dispone que la Consejería de Obras Públicas y Transportes, bajo la dirección del Consejero, se estructura en los siguientes órganos superiores: Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación, Secretaría General Técnica, Dirección General de Infraestructura Viaria, Dirección General de Transportes, Dirección General de Aguas y Dirección General de Puertos. Asimismo, se establece que dependen de la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación las direcciones generales relacionadas anteriormente y que la entidad "Puertos Canarios" queda adscrita a la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
El referido Decreto 301/2007, de 31 de julio, crea la Dirección General de Puertos, no prevista en el Reglamento Orgánico vigente, integrándola dentro de los órganos superiores del departamento, disponiendo que ésta asume la gestión de las competencias en materia de puertos de la Comunidad Autónoma de Canarias que, transitoriamente, tenía asignadas la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación hasta que se ponga en funcionamiento el ente público "Puertos Canarios"; momento a partir del cual queda suprimida dicha dirección general. Con lo cual, se hace preciso definir las competencias y funciones que corresponden a este órgano superior dentro de la estructura del departamento, de conformidad con la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias y el Decreto 52/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de Puertos de Canarias.
Por otra parte, la entrada en vigor de la Ley 12/2007, de 24 de abril, de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias y de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, determina la asunción por parte de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de nuevas competencias en materia de transportes, no reguladas en el Reglamento Orgánico vigente, así como la modificación o la supresión de las que aparecen recogidas en el mismo relativas al citado ámbito sectorial. Por ello, se hace preciso definir las competencias y funciones que corresponden a la Consejería de Obras Públicas y Transportes en materia de transportes y proceder a la distribución de las mismas entre los distintos centros directivos del departamento a través del nuevo Reglamento Orgánico.
Por tanto, cabe concluir que la reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que se ha llevado a cabo y la entrada en vigor de los nuevos textos normativos en materia de transporte, han afectado a la estructura orgánica y a los ámbitos funcionales asignados a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, evidenciando la necesidad de aprobar un nuevo Reglamento Orgánico.
La Disposición Final Primera del mencionado Decreto 172/2007, de 17 de julio, establece que los departamentos afectados por el mismo deben elevar al Gobierno, en propuesta conjunta con la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, el correspondiente proyecto de estructura orgánica y funcional. En cumplimiento de la citada previsión, se adopta el presente Decreto de aprobación del Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Obras Públicas y Transportes y de Presidencia, Justicia y Seguridad, previa deliberación del Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 4 de febrero de 2010,
D I S P O N G O:
Las competencias en materia de puertos atribuidas por el Reglamento Orgánico al Consejero de Obras Públicas y Transportes en los apartados 4 (excepto su último inciso) 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del artículo 8; a la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación en los números 1, 2 y 3 del apartado C del artículo 14 y a la Dirección General de Puertos en los artículos 21 y 22, quedarán sin efecto con la puesta en funcionamiento del ente público "Puertos Canarios".
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto y, expresamente, el Decreto 11/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda.
Se faculta al Consejero de Obras Públicas y Transportes para dictar cuantas disposiciones requiera el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 2010.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Paulino Rivero Baute.
EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES,
Juan Ramón Hernández Gómez.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
José Miguel Ruano León.
A N E X O
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
ÍNDICE
Ámbito competencial y organización general del departamento
Del Consejero
De los órganos superiores
Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación
Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación
Dirección General de Infraestructura Viaria
Dirección General de Transportes
Dirección General de Aguas
Dirección General de Puertos
Secretaría General Técnica
ÁMBITO COMPETENCIAL Y ORGANIZACIÓN
GENERAL DEL DEPARTAMENTO
En el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Consejería de Obras Públicas y Transportes es la Consejería encargada de la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno de Canarias en las siguientes áreas materiales:
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Carreteras.
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Ferrocarriles.
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Puertos.
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Aeropuertos y helipuertos.
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Aguas.
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Transportes.
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Calidad y tecnología de la edificación y de las obras públicas.
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La Consejería de Obras Públicas y Transportes, para el desempeño de las funciones inherentes a sus competencias, y bajo la superior dirección del Consejero, se estructura en los siguientes...
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