DECRETO 221/2000, de 4 de diciembre, por el que se regula la ayuda a los alquileres de las viviendas de protección oficial adjudicadas conforme al Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en régimen de...

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería deObras Públicas, Vivienda y Aguas
Rango de LeyDecreto

Las viviendas de protección oficial promovidas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o por otros promotores con los que aquélla haya suscrito el correspondiente convenio, y que han sido adjudicadas conforme al Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en régimen de alquiler, se han venido rigiendo, en cuanto a la ayuda a los alquileres, por lo dispuesto en el artículo 19 del referido Decreto.

Dicho artículo, en su apartado 3, señala que las citadas ayudas se conceden teniendo en cuenta no sólo los ingresos de la unidad familiar, sino también el número de miembros que la componen, en la forma establecida en el anexo III del mismo Decreto, en el cual se prevé, en función de las citadas circunstancias, la aplicación de un porcentaje sobre el precio del alquiler inicial que le corresponda a cada vivienda. Sin embargo, esto ha venido dando lugar a que se le venga aplicando el mismo porcentaje a aquellas familias compuestas por el mismo número de miembros y con iguales ingresos, pero, en muchos casos, con alquileres iniciales distintos, establecidos en función del momento de celebración del correspondiente contrato de arrendamiento.

A fin de corregir dicha situación, y teniendo en cuenta el límite que se ha venido aplicando de acuerdo con el artículo 19.1 del citado Decreto 194/1994, conforme al cual las cantidades a abonar por los adjudicatarios de viviendas en régimen de alquiler, no podrán exceder del 12% de los ingresos totales de la unidad familiar, es preciso, por tanto, determinar la ayuda al alquiler de las citadas viviendas, mediante la aplicación de un porcentaje, no sobre el precio del alquiler de la vivienda adjudicada, sino sobre los ingresos mensuales de la unidad familiar.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2000,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Objeto.

1. Es objeto del presente Decreto regular la ayuda al alquiler de las viviendas de protección oficial promovidas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o por otros promotores con los que aquélla haya suscrito el correspondiente convenio y hayan sido adjudicadas de acuerdo con el Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en régimen de alquiler.

2. Atendiendo a las disponibilidades presupuestarias, la ayuda prevista en el presente Decreto consistirá en una bonificación al alquiler de las viviendas previstas en el apartado anterior. A tal efecto, los destinatarios de la ayuda deberán abonar mensualmente, en concepto de alquiler de la vivienda, la cantidad que resulte de la aplicación del porcentaje que corresponda, de acuerdo con lo previsto en el anexo de este Decreto, sobre los ingresos mensuales netos de la unidad familiar, determinándose la ayuda por la diferencia entre dicha cantidad y el alquiler mensual de la vivienda adjudicada.

Los porcentajes previstos en el anexo de este Decreto se aplicarán en función del número de miembros de la unidad familiar y de los ingresos netos mensuales de la misma, en número de veces el salario mínimo interprofesional. A las unidades familiares que cuenten con una o varias personas con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, se les computarán tantos miembros de más como personas cuenten con el citado grado de minusvalía.

Si se trata de viviendas adjudicadas con anejos vinculados, la ayuda al alquiler se aplicará, asimismo, a la cantidad que los...

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