ORDEN de 8 de julio de 2005, por la que se modifica la Orden de 9 de julio de 2001, que regula la adquisición centralizada de determinados bienes y productos de naturaleza sanitaria (B.O.C. nº 113, de 27.8.01) .

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

Examinada la iniciativa de la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Canario de la Salud para modificar parcialmente la Orden de 9 de julio de 2001 (B.O.C. nº 113, de 27.8.01) , del Excmo. Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se regula la adquisición centralizada de determinados bienes y productos de naturaleza sanitaria.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO 1º) Uno de los objetivos trazados por la administración sanitaria es la centralización de determinadas adquisiciones de bienes y productos para mejorar la eficiencia en los procesos de aprovisionamiento de los centros, servicios y establecimientos sanitarios dependientes del Servicio Canario de la Salud.

  1. ) Para conseguir esta mejora se estableció, mediante Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo, de 9 de julio de 2001, la adquisición centralizada de determinados productos y materiales sanitarios, indicados en su anexo, permitiendo favorecer los procesos internos en la decisión de compra, tanto desde el punto de vista de la agilización de la actividad administrativa como en la determinación de los precios, y actuar así dentro del marco de adopción de medidas para la racionalización y optimización de gasto.

  2. ) En la citada Orden se señaló la posibilidad de incrementar en número los productos y materiales sanitarios cuando el sistema de adquisición centralizada se hubiera consolidado, continuando de este modo con una política de compras eficiente.

  3. ) Desde febrero de 2002, se viene realizando este tipo de contratación respecto de los productos y materiales recogidos en el anexo de la Orden.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- El artículo 9.1 del Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económica financiera del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 40, de 28.3.97) , dispone que los contratos que celebre el Servicio Canario de la Salud, se regirán por la legislación estatal y por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con las peculiaridades derivadas de la organización propia de la...

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