DECRETO 12/1994, de 11 de febrero, por el que se regula la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorC.Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

En base a la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; de acuerdo con las competencias educativas de la Comunidad Autónoma de Canarias, recogidas en la Ley 10/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canarias; al Real Decreto 2.091/1983, de 28 de julio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de educación; a la Ley 11/1982, de 10 de agosto, de transferencias complementarias a Canarias, y de conformidad con la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se establecen los principios de este Decreto. Teniendo en cuenta las normas legales aludidas, el hasta ahora vigente Decreto 38/1986, de 14 de marzo, y la dinámica educativa de la realidad canaria en los últimos tiempos, parece aconsejable abordar una nueva ordenación de los preceptos que regulan actualmente la admisión de alumnos en los centros escolares sostenidos con fondos públicos, para introducir los necesarios ajustes tendentes a conseguir, con la participación de todos los sectores afectados, los siguientes objetivos: 1º) Adaptación legal a la nueva ordenación educativa emanada de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo. 2º) Ponderación de los criterios de admisión establecidos en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 8/1985, reguladora del Derecho a la Educación, en base a su adaptación a las actuales necesidades de escolarización, así como a la experiencia obtenida de la aplicación de las normas hasta ahora vigentes. 3º) Atención al hecho insular y a las diferencias sustanciales entre zonas de densa demografía y núcleos rurales de bajo crecimiento poblacional. 4º) Matizaciones criteriales entre enseñanzas de régimen general (obligatorias y posobligatorias) y las de régimen especial. 5º) Constatación del progresivo equilibrio entre oferta y demanda en las enseñanzas infantil y primaria, y la superior demanda en relación a la actual oferta en la secundaria obligatoria y posobligatoria, como consecuencia de la inversión de la pirámide de la población escolar. En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, consultado el Consejo Escolar de Canarias y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 11 de febrero de 1994, D I S P O N G O: Artículo 1.- 1. La aplicación de los procesos de admisión de alumnos en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de educación infantil, educación primaria y educación secundaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, se regirán por el presente Decreto. 2. La admisión de alumnos en centros que impartan enseñanzas de régimen especial y de formación profesional de grado superior se regirán por las reglamentaciones específicas que en su momento se determinen. Artículo 2.- 1. Para ser admitido en un centro docente será necesario reunir los requisitos de edad, académicos y cualquier otro exigido por el ordenamiento jurídico vigente para el nivel educativo o curso al que se pretende acceder. 2. La...

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