Dirección General de Universidades.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 4 de junio de 2012, que resuelve el expediente de reintegro iniciado mediante Resolución de 5 de septiembre de 2011, del importe de los componentes de la beca para la realización de estudios universitarios concedida y abonada a D. Kumar Motiram Corral durante el curso académico 2008/2009, y declara la obligación del reintegro de la misma más el interés legal de demora correspondiente.
Sección | V. ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ENTIDADES PÚBLICAS |
Emisor | Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad |
Rango de Ley | Anuncio |
Al no haberse podido practicar la notificación personal al interesado, conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su redacción actual, se notifica a D. Kumar Motiram Corral, el acuerdo adoptado con el siguiente tenor literal:
"Resolución del Director General de Universidades por la que se resuelve el expediente de reintegro iniciado mediante Resolución nº 331, de 5 de septiembre de 2011, del importe de los componentes de la beca para la realización de estudios universitarios concedida y abonada a D. Kumar Motiram Corral durante el curso académico 2008/2009, y se declara la obligación del reintegro de la misma más el interés legal de demora correspondiente".
Vista la propuesta del Jefe de Sección de Coordinación Universitaria relativa a la procedencia de resolver el expediente de reintegro iniciado a D. Kumar Motiram Corral, con N.I.F. 44721004 B, y a la obligación del reintegro de los componentes de la beca que le fue concedida y abonada para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2008/2009, y de acuerdo con los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden de 27 de junio de 2008 (BOC nº 139, de 11 de julio) se convocaron becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2008/2009, y se aprobaron la bases por las que debía regirse dicha convocatoria.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en dicha Orden de convocatoria, la Dirección General de Universidades, Resolución de 24 de abril de 2009 (BOC nº 88, de 11 de mayo), Resolución de 26 de mayo de 2009 (BOC nº 113, de 15 de junio), Resolución de 28 de julio de 2009 (BOC nº 159, de 17 de agosto), Resolución de 31 de julio de 2009 (BOC nº 159, de 17 de agosto- c.e. Resolución de 10 de septiembre de 2009-BOC nº 189, de 25 de septiembre), y Resolución de 3 de diciembre de 2009 (BOC nº 246, de 17 de diciembre), concedió las becas y ayudas al estudio conforme a lo establecido en las mencionadas bases.
Tercero.- De la certificación emitida por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria se desprende el incumplimiento por D. Kumar Motiram Corral, de lo exigido en las Resoluciones de concesión Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (4ª Res-1º Pago-Bcas) (6ª Res.-Pago Tasas)
Ver anexo en la página 13572 del documento Descargar
En cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,...
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