Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 12 de septiembre de 2014, del Director, por la que se declara la pérdida del título nominativo "Cheque Trabajo" a determinadas personas titulares de los mismos, y se reconocen beneficiarias del título nominativo "Cheque-Trabajo" a determinadas personas de la lista de reserva que se recoge en la Resolución de 2 de septiembre de 2014.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Empleo, Industria y Comercio
Rango de LeyResolución

El Servicio Canario de Empleo realiza controles con el objeto de comprobar que se mantienen los requisitos indispensables para la obtención y mantenimiento del título nominativo "Cheque-Trabajo" por parte de las personas titulares de los mismos, haciendo extensivo dicho control a las personas que quedaron en lista de reserva, resultando los siguientes:

  1. ANTECEDENTES

    1. - Mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 2 de septiembre de 2014 (BOC nº 171, de 4.9.14), se resuelve la convocatoria de reconocimiento del título nominativo "Cheque-Trabajo", efectuada mediante Resolución de 22 de julio de 2014, de la Presidencia, que aprueba las bases reguladoras y la convocatoria del Programa de Fomento del Empleo "Cheque-Trabajo" para el ejercicio 2014, modificada por Resolución del mismo Órgano de 26 de agosto de 2014. En la citada Resolución se recoge en el "Anexo I" a las personas a las que se les reconoce el Título nominativo "Cheque-Trabajo", ordenadas según los criterios de baremación aprobados en las bases reguladoras. En el "Anexo II" se recogen a las personas que quedaron en lista de reserva.

    2. - Teniendo en cuenta los controles que realiza periódicamente el SCE, con el objeto de comprobar que se mantienen o no los requisitos por parte de las personas a las que se les ha reconocido el título nominativo "Cheque-Trabajo" (Anexo I) conforme se establece en la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 2 de septiembre de 2014, se constata que a fecha 11 de septiembre de 2014 las siguientes personas titulares del cheque trabajo incumplen los requisitos que se tenían que mantener hasta el momento de la contratación:

    Ver anexo en las páginas 24401-24402 del documento Descargar

    A los citados antecedentes, les son de aplicación las siguientes

  2. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

    Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución de reconocimiento de títulos nominativos Cheque-Trabajo, y para declarar la pérdida al/a los mismo/s, es la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el punto 6 de la base reguladora octava, en relación con las competencias reconocidas en las letras a) y q) del artículo 9 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

    Segunda.- La presente Resolución se dicta al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo de fecha 22 de julio...

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