ORDEN JUS/1653/2010, de 31 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero (BOE de 3 de marzo) y Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo (BOE de 1 de abril), por los que se aprueban las ofertas de empleo público para los años 2009 y 2010, respectivamente y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia; de conformidad con la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo), por la que se establecen las Bases Comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

BASES COMUNES

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo).

BASES ESPECÍFICAS

  1. Descripción de las plazas

    1.1. Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 937 plazas de las comprendidas en el anexo I, apartado Personal de la Administración de Justicia, del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero (BOE de 3 de marzo) y anexo III del Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo (BOE de 1 de abril), en el Cuerpo de Auxilio Judicial (código de cuerpo 030), a través del sistema de oposición, con la siguiente distribución territorial:

    Ver anexo en la página 17018 del documento Descargar

    1.2. Del total de las plazas convocadas se reservarán 63 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia y superen las pruebas selectivas. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33% de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

    Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular a las de acceso general.

    Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.

    1.3. Los aspirantes sólo podrán participar por un ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.

    1.4. Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  2. Proceso selectivo.

    2.1. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    2.2. El proceso selectivo incluirá la superación de un período de prácticas de carácter selectivo. Para la realización de éste, los aspirantes que hayan superado la oposición, y cuyo número no podrá ser superior al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios en prácticas por el Ministerio de Justicia.

    2.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

    2.4. En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la fase de oposición; en segundo el curso selectivo. De persistir el empate, primará la nota del segundo ejercicio de la fase de la oposición. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la "J".

  3. Programa.

    El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en la Orden JUS/1295/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo). El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado a la fecha de la presente convocatoria, aún cuando no hubiese entrado en vigor.

  4. Titulación y otros requisitos de participación.

    Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las "Bases Comunes" y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio) por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario (Directiva 89/48/CC/EE).

  5. Solicitudes.

    5.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790) [ejemplar autocopiativo en cuya parte superior figura "Ministerio de Justicia, solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen"], que se facilitará en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo será facilitado gratuitamente en el Ministerio de Justicia, los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, Órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de la Presidencia, y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. El modelo de instancia también podrá descargarse desde la página web http://www.Mjusticia.es.

    5.2. La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    5.3. La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará alternativamente por cualquiera de los medios siguientes:

    1. En el Registro General del Ministerio de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, nº 3, 28071-Madrid.

    2. En los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    3. A través del Registro Telemático en la Dirección de Internet http://www.Mjusticia.ess y de acuerdo con las instrucciones que en ella se indican.

      La presentación de instancias por este último sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la Tasa de examen.

      Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo) de Bases Comunes, estén exentos de este pago o tengan derecho a la reducción de tasas no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia-papel, acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados en los apartados a) o b) de esta misma base.

      5.4. Tasa de derechos de examen.

      El importe de la tasa será por derechos de examen será de 10,67...

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