Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 24 de mayo de 2013, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de Programas Experimentales en materia de empleo.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Empleo, Industria y Comercio
Rango de LeyResolución

Las bases para la concesión de subvenciones en el marco de los Programas Experimentales en materia de empleo, están reguladas en la Orden TAS/2643/2003, de 18 de septiembre (BOE de 27 de septiembre).

Por otro lado, la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional, establece en su artículo 4 que el procedimiento de concesión de las subvenciones recogidas en el artículo 2 de dicha Orden, en el que se incluyen en su letra c) los mencionados Programas Experimentales, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en el Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo de Gobierno de fecha 20 de diciembre de 2012, por el que se suspende durante el ejercicio 2013, para determinadas actuaciones, el acuerdo de Gobierno por el que se sustituyó la función interventora por el control financiero permanente, la presente resolución ha sido objeto de fiscalización previa por parte de la Intervención General de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, mediante su informe favorable de fecha 16 de abril de 2013.

Asimismo, en aplicación del Acuerdo de fecha 22 de marzo de 2013, relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones públicas (BOC de 27.3.13), se ha procedido a la obtención de previa autorización para el abono anticipado de las subvenciones a conceder, en el régimen previsto en la presente Convocatoria, según informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 21 de mayo de 2013.

Por todo ello, y en ejercicio de las competencias que atribuye a la Presidencia del Servicio Canario de Empleo el artículo 7.1.h) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC de 28.4.03), según redacción dada por la Ley 3/2011, de 18 de febrero, de modificación de aquella (BOC de 2.3.11), procede dictar resolución de convocatoria de subvenciones para la puesta en práctica de Programas Experimentales en materia de empleo.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Primero.- Objeto y regulación.

  1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la puesta en práctica de Programas Experimentales en materia de empleo, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Canario de Empleo.

  2. La convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TAS/2643/2003, de 18 de septiembre, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas experimentales en materia de empleo (BOE de 27 de septiembre), en la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre), y en su Reglamento de Desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como todas aquellas normas que las complementen o desarrollen.

    Segundo.- Dotación presupuestaria.

    Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2013: 2013.50.01.241H.480.00.00 Línea de Actuación 50400043 "Plan Especial de Empleo de Canarias", por un importe de dos millones (2.000.000,00) de euros.

    El volumen total de las subvenciones a conceder en el presente ejercicio presupuestario no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, como consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito, de conformidad con la legislación vigente, en cuyo caso, y según lo establecido en el artículo 58, punto 2, apartado 4º del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que no será necesaria nueva Convocatoria, siempre que se proceda a la publicación de los créditos disponibles y su distribución, por los mismos medios que los utilizados para la presente convocatoria, y con carácter previo a la resolución de concesión.

    Tercero.- Beneficiarios.

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 3 de la mencionada Orden TAS/816/2005, las personas jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento a los desempleados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia, en los términos y con los requisitos establecidos en la Orden TAS/2643/2003, citada.

    Cuarto.- Obtención y cumplimentación de modelos documentales.

    Con la intención de facilitar la obtención y cumplimentación, por parte de las Entidades solicitantes, de los diferentes modelos de documentos que se citan a lo largo de la presente convocatoria, se comunica que todos ellos se encuentran disponibles, perfectamente identificados conforme se explicita a lo largo de la misma y haciéndose, además, mención expresa de tal circunstancia cada vez que se cite alguno de dichos documentos, en la siguiente dirección de Internet del Servicio Canario de Empleo: www.gobiernodecanarias.org/empleo.

    Quinto.- Presentación de solicitudes.

  3. Para el presente ejercicio, las solicitudes de subvenciones reguladas en esta convocatoria, que deberán ajustarse al modelo oficial aprobado por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de Empleo, y que estará a disposición de los interesados en la página web del Servicio Canario de Empleo, citada, se dirigirán, según los términos establecidos en el artículo 7 de la Orden TAS/2643/2003, de 18 de septiembre, y el artículo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, a cualquiera de las sedes del Servicio Canario de Empleo, sitas en la Avenida Doctor de la Rosa Perdomo, 2, 38071-Santa Cruz de Tenerife, o en la calle Crucita Arbelo Cruz, s/n, 35014-Las Palmas de Gran Canaria. También podrán presentarse en los registros de cualquier órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de la Administración del Estado o de los Cabildos Insulares de Canarias, o en los demás registros y oficinas que señala el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 27.11.92, y BOE de 14.1.99).

  4. No será necesaria la presentación de la documentación que se relaciona en el presente apartado, en el caso de que la entidad se encuentre inscrita en el Registro de Solicitantes de Subvenciones al Servicio Canario de Empleo, regulado mediante Orden de 21 de julio de 2008 (BOC de 31.7.08), siempre y cuando la entidad presente copia de la Resolución de inscripción en dicho registro:

    Fotocopia compulsada de la Escritura Pública de constitución y/o de sus Estatutos.

    Fotocopia compulsada de los poderes bastanteados del solicitante, para actuar en nombre de la Entidad.

    Fotocopia compulsada del D.N.I. del representante legal.

    Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identificación fiscal de la Entidad.

  5. La Memoria a aportar junto a la solicitud deberá contemplar, de forma ordenada y pormenorizada, cada uno de los aspectos establecidos en el artículo 7.2.a) de la Orden TAS/2643/2003, y más concretamente, los desglosados a lo largo de la presente Convocatoria y en el modelo-guía adjunto a la misma, denominado "Guía confección Memoria Proyecto Experimental", que se encuentra asimismo a disposición de los interesados en la página web del Servicio Canario de Empleo mencionada.

    Teniendo en cuenta la fragmentación del territorio de actuación, realidad que coexiste con la multiplicidad de programas a subvencionar, con carácter general, los proyectos deberán ir dirigidos a un número de desempleados que oscilará entre un mínimo de 60 y un máximo de 100, requiriéndose a los solicitantes para que, en caso contrario, adecue la misma a estos márgenes. No obstante el número máximo podrá experimentar un ligero aumento, si a juicio del Servicio Canario de Empleo existen circunstancias que lo aconsejen, todo ello con el objetivo de facilitar, en la medida de lo posible, la consecución plena de los objetivos buscados para todos los proyectos, y posibilitar un mayor reparto de los fondos públicos comprometidos.

  6. El presupuesto del Proyecto deberá ajustarse al modelo recogido igualmente en la página web del Servicio Canario de Empleo, y denominado "Modelo Presupuesto Experimentales", debiendo presentarse debidamente fechado, firmado y sellado por el representante de la Entidad solicitante.

  7. Los certificados acreditativos de que el solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones Tributarias estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social, la...

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