ORDEN de 10 de junio de 2016, por la que se determina el contenido del informe sobre el grado de aplicación de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyOrden

La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, previene en su artículo 12 que los órganos a los que estén adscritas las unidades responsables de la información del departamento o entidad deberán emitir anualmente un informe sobre el grado de aplicación de la ley en su respectivo ámbito, con el contenido que se establezca por orden del titular del departamento competente en materia de información pública. Asimismo, el artículo 10 de la misma Ley determina que las unidades administrativas responsables de la información pública, en coordinación en su caso con las unidades de archivo, deben proceder a la elaboración de los informes sobre el grado de aplicación de la ley en su ámbito competencial.

Por su parte, el artículo 15 de dicha Ley establece que corresponde al departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de información pública, la elaboración y publicación de los informes anuales del cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley por las entidades del sector público autonómico.

En definitiva, la Ley de transparencia y de acceso a la información pública, entre los instrumentos para hacer el seguimiento y verificar el cumplimiento de la obligación de transparencia por parte de las entidades incluidas en su ámbito de aplicación establece la obligación de emitir anualmente un informe sobre el grado de aplicación de la ley, sin perjuicio de las funciones de fomento, análisis, control y protección de la transparencia pública y del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, que le atribuye al Comisionado o Comisionada de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En cumplimiento de las previsiones legales antedichas, la presente Orden viene a establecer el contenido del informe sobre el grado de aplicación de la Ley previsto en el artículo 12 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, referido especialmente al cumplimiento de la obligación de publicar la información que se relaciona en los artículos 17 a 33, y al seguimiento del ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer el contenido del informe anual sobre el grado de aplicación de la Ley previsto en el artículo 12 de la Ley 12/2014, de 26 de...

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