DECRETO 30/1992, de 28 de febrero, por el que se encomienda a las Oficinas de Distrito Hipotecario, a cargo de Registradores de la Propiedad, la gestión y liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Extracto


DECRETO 30/1992, de 28 de febrero, por el que se encomienda a las Oficinas de Distrito Hipotecario, a cargo de Registradores de la Propiedad, la gestión y liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un tributo cedido a la Comunidad Autónoma de Canarias en virtud de lo que disponen la Ley 30/1983, de 28 de diciembre, reguladora de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónoma...

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