Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 25 de agosto de 2014, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de julio de 2014, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria.- Expte. 52/02.
Sección | III. OTRAS RESOLUCIONES |
Emisor | Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial |
Rango de Ley | Resolución |
En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 29 de julio de 2014, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial del Paisaje Protegido de La Geria (expediente 52/02), cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de agosto de 2014.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 29 de julio de 2014, en su sede del Cabildo Insular de Lanzarote, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- De conformidad con el artículo 43.2.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, aprobar definitivamente las determinaciones y áreas que resultaron suspendidas por Acuerdo de COTMAC de fecha 28 de enero de 2013, con las correcciones derivadas de la estimación de alegaciones, y que fueron sometidas a información pública mediante anuncios en el Boletín Oficial de Canarias nº 206, del jueves 24 de octubre de 2013 y nº 54, de fecha 18 de marzo de 2014, y que se señalan a continuación:
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En cuanto a la zonificación:
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Ampliación de la Zona de Uso Moderado de Montaña Blanca.
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Ampliación de la Zona de Uso Moderado de Juan Bello.
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Ampliación de la Zona de Uso Moderado del Volcán II (Igualén y El Alto).
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Zona de Uso Moderado de Guatisea.
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En cuanto a la nueva categorización de los equipamientos estructurantes:
Pasan a ser recategorizados, en su totalidad, como Suelo rústico de Protección de Infraestructuras y Equipamientos, identificándose su situación o localización en los planos N21, N 21.1 y N 21.2 mediante la delimitación de la superficie edificada sobre rasante.
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En los Asentamientos Rurales de El Islote y Caldereta:
Se suprime la unidad apta para edificación mínima de 500 m2 que figuraba en el documento aprobado inicialmente y se incorpora la ordenanza SRA-IB.
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En los Asentamientos Rurales de Mozaga y La Florida:
Se ha incorporado una nueva ordenanza SRA-IA.
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La ordenación viaria de los siguientes Asentamientos:
5.1. AR La Asomada (PA 25).
5.2. AR Conil (PA 26).
5.3. AR Masdache (PA 27).
5.4. AR Tegoyo (PA 28).
5.5. AR El Islote (PA...
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