Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.- Resolución de 9 de febrero de 2011, por la que se dictan instrucciones sobre los procedimientos y los plazos para la atención educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Canarias.

BOC. Boletín Oficial de Canarias núm. 040, 24 de Febrero de 2011III. OTRAS RESOLUCIONES › Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

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Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.- Resolución de 9 de febrero de 2011, por la que se dictan instrucciones sobre los procedimientos y los plazos para la atención educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Vista la necesidad de aplicar medidas específicas de apoyo educativo a determinado alumnado de los centros educativos del área de gestión de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Se hace necesario dictar instrucciones sobre determinados procedimientos y plazos para la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros docentes públicos y en lo que les afecte, en los privados concertados y privados, que imparten enseñanzas no universitarias del sistema educativo en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Canarias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Teniendo en cuenta que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), en su artículo 71 recoge que corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades específicas de apoyo educativo (en adelante, NEAE) puedan alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales.

Segundo.- El Decreto 104/2010, de 29 de julio, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado en el ámbito de la enseñanza no universitaria de Canarias establece la atención educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los centros de enseñanza (BOC nº 154, de 6.8.10).

Tercero.- Del mismo modo, la Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias, determina y describe las medidas más adecuadas a las necesidades educativas de estos escolares y fija los criterios de identificación e intervención para proporcionar una respuesta diferenciada y eficaz (BOC nº 250, de 22.12.10).

Cuarto.- Asimismo, la Orden de 1 de septiembre de 2010, desarrolla la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógicos de zona y específicos de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante, EOEP), estableciendo su organización y funcionamiento, así como los procedimientos para la identificación del alumnado que presenta NEAE y asesoramiento para la intervención en él (BOC nº 181, de 14.9.10).

Quinto.- También la Orden de 5 de febrero de 2009, por la que se regula la evaluación en la Educación Infantil y se establecen los documentos oficiales de evaluación en esta etapa (BOC nº 37, de 24.2.09), y la Orden de 22 de abril de 2008, por la que se regula el procedimiento de gestión administrativa de los documentos oficiales de evaluación en los centros docentes, determinan los documentos oficiales de evaluación del alumnado con NEAE (BOC nº 108, de 2.6.08).

Sexto.- Igualmente, la Orden de 14 de noviembre de 2008, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa Bachillerato y se establecen los requisitos para la obtención del Título de Bachiller define específicamente los documentos oficiales de evaluación del Bachillerato, establece sus características básicas y describe los requisitos esenciales de su cumplimentación y custodia (BOC nº 236, de 25.11.08).

Séptimo.- En la Disposición Adicional Cuarta de la citada Orden de 13 de diciembre de 2010, se faculta a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa para concretar, adecuar o adaptar los criterios de identificación establecidos en el anexo I de dicha Orden. La presente Resolución, pues, concreta y aplica varios aspectos de la Orden de 13 de diciembre de 2010 que redundan en la mejora de la calidad del servicio que se presta como, por ejemplo, el procedimiento para la detección temprana, que viene a significar un modelo sistemático y fiable con participación del profesorado en la detección de las necesidades educativas de este alumnado. A su vez, recoge aspectos para el desarrollo de las adaptaciones curriculares y de los programas educativos personalizados.

Del mismo modo, esta Resolución proporciona una descripción más concreta sobre aspectos referidos a la escolarización, funciones de los recursos personales, evaluación y adaptaciones del currículo en las modalidades de escolarización excepcionales. De igual manera, establece cómo realizar el registro de la evaluación en los documentos oficiales del alumnado con NEAE y concreta las condiciones de participación del voluntariado en la atención de este alumnado. Al mismo tiempo, proporciona pautas dirigidas al profesorado para actuar en grupos ordinarios en el caso de la presencia de un alumno o alumna con NEAE.

Octavo.- Las presentes instrucciones se dictan de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que, al amparo de su artículo 21, establece que los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio. Cuando u...

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