DECRETO 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La Disposición Adicional Segunda, apartado 1 de la Ley Territorial 4/1997, de 6 de junio, sobre sedes de los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, atribuye al Gobierno la competencia para establecer la estructura central y periférica de las consejerías.

Al amparo de dicha habilitación y una vez determinados el número, denominación y competencias de las referidas Consejerías, en virtud del Decreto 206/2007, de 13 de julio, del Presidente, procede la fijación de la estructura central y periférica de las mismas, sin perjuicio de su ulterior desarrollo por los Reglamentos Orgánicos. Igualmente, derivado del cambio de denominación y del ámbito funcional de varias consejerías, se procede a la determinación de las sedes de las mismas, de acuerdo con los principios y criterios de la citada Ley 4/1997, de 6 de junio.

En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 17 de julio de 2007,

D I S P O N G O:

Artículo 1 1

La Presidencia del Gobierno, bajo la superior dirección del Presidente, se estructura en los siguientes órganos superiores:

  1. Vicepresidente del Gobierno.

  2. Comisionado de Acción Exterior.

  3. Viceconsejería de la Presidencia.

  4. Viceconsejería de Emigración y Cooperación.

  5. Viceconsejería de Comunicación.

  6. Secretaría General.

  7. Dirección General de Relaciones con América.

  8. Dirección General de Relaciones con África.

  9. Dirección General de Relaciones con Europa.

  10. Dirección General de Relaciones Informativas.

  11. Dirección General del Gabinete del Presidente.

  12. Dirección General del Gabinete del Vicepresidente.

  13. Gabinete de Estudios Socioeconómicos, con rango de Dirección General.

  14. Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.

    ñ) Agencia Canaria contra el Cambio Climático, con rango de Dirección General.

  15. Agencia Canaria de Rehabilitación de la Planta Alojativa Turística, con rango de Dirección General.

    1. Dependen del Presidente del Gobierno los siguientes órganos:

      - El Comisionado de Acción Exterior, del que depende la Viceconsejería de Emigración y Cooperación de la que, a su vez, dependen la Dirección General de Relaciones con América, la Dirección General de Relaciones con África y la Dirección General de Relaciones con Europa.

      - La Viceconsejería de la Presidencia.

      - La Viceconsejería de Comunicación, de la que, a su vez, depende la Dirección General de Relaciones Informativas.

      - La Secretaría General.

      - La Dirección General del Gabinete del Presidente.

      - La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

      - La Agencia Canaria contra el Cambio Climático.

      - La Agencia Canaria de Rehabilitación de la Planta Alojativa Turística.

    2. Dependen del Vicepresidente del Gobierno, la Dirección General del Gabinete del Vicepresidente y el Gabinete de Estudios Socioeconómicos.

    3. El Comisionado de Acción Exterior, que tendrá rango asimilado al de Consejero, coordinará la acción exterior de la Comunidad Autónoma. El Comisionado y la Dirección General de Relaciones con Europa se coordinarán con la Consejería de Economía y Hacienda en las funciones relativas a los asuntos económicos con la Unión Europea.

      El Comisionado podrá asistir, cuando sea convocado, con voz y sin voto, a las reuniones del Gobierno, quedando en este caso obligado a mantener el secreto propio de las deliberaciones de dicho órgano.

    4. El Viceconsejero de la Presidencia podrá asistir a las reuniones del Gobierno, cuando sea convocado, con voz pero sin voto, quedando en este caso obligado a mantener el secreto propio de las deliberaciones de dicho órgano.

    5. La Secretaría General presta apoyo, en el ámbito de sus competencias, al conjunto del Departamento.

    6. La Presidencia del Gobierno presta apoyo administrativo a los siguientes órganos colegiados:

  16. Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.

  17. Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias para asuntos relacionados con las Comunidades Europeas.

  18. Comisión Mixta de Transferencias de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma prevista en la Disposición Transitoria Tercera del Estatuto de Autonomía.

  19. La Comisión de Coordinación y Planificación, en colaboración con las Consejerías de Presidencia, Justicia y Seguridad y de Economía y Hacienda.

Artículo 2 1

La Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, bajo la superior dirección del Consejero, se estructura en los siguientes órganos superiores:

  1. Viceconsejería de Relaciones con el Parlamento y de Participación Ciudadana.

  2. Viceconsejería de Administración Pública.

  3. Viceconsejería de Justicia y Seguridad.

  4. Secretaría General Técnica.

  5. Dirección General del Servicio Jurídico.

  6. Dirección General de la Función Pública.

  7. Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.

  8. Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.

  9. Inspección General de Servicios, con rango de Dirección General.

  10. Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

  11. Dirección General de Seguridad y Emergencias.

    1. La Dirección General del Servicio Jurídico depende directamente del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad.

    2. Dependen de la Viceconsejería de Administración Pública:

      - La Dirección General de la Función Pública.

      - La Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.

      - La Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.

      - La Inspección General de Servicios.

    3. Dependen de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad:

      - La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

      - La Dirección General de Seguridad y Emergencias.

    4. La Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad presta apoyo administrativo a los siguientes órganos colegiados:

  12. Comisión de Secretarios Generales Técnicos.

  13. Comisión de Administración Territorial.

  14. Comisión de Transferencias a los Cabildos Insulares.

  15. Comisión de Delegaciones de competencias a los Cabildos Insulares.

  16. Conferencias Sectoriales de competencias y funciones transferidas y delegadas a los Cabildos Insulares.

  17. Comisión de Coordinación y Planificación, en colaboración con la Presidencia del Gobierno y la Consejería de Economía y Hacienda.

    1. Están adscritos a la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad:

    - Instituto Canario de Administración Pública (ICAP).

    - Academia Canaria de Seguridad (ACS).

Artículo 3 1

La Consejería de Economía y Hacienda, bajo la superior dirección del Consejero, se estructura en los siguientes órganos superiores:

  1. Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea.

  2. Viceconsejería de Hacienda y Planificación.

  3. Secretaría General Técnica.

  4. Intervención General, con rango de Dirección General.

  5. Dirección General de Tributos.

  6. Dirección General de Promoción Económica.

  7. Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea.

  8. Dirección General de Planificación y Presupuesto.

  9. Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

  10. Dirección General de Patrimonio y Contratación.

  1. Dependen de la Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea:

    - La Dirección General de Tributos.

    - La Dirección General de Promoción Económica.

    - La Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea.

  2. Dependen de la Viceconsejería de Hacienda y Planificación los siguientes órganos:

    - La Dirección General de Planificación y Presupuesto.

    - La Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

    - La Dirección General de Patrimonio y Contratación.

  3. Son órganos territoriales de la Consejería de Economía y Hacienda, dependientes orgánica y funcionalmente de la Dirección General de Tributos, los establecidos en su Reglamento Orgánico.

  4. La Consejería de Economía y Hacienda, en colaboración con la Presidencia del Gobierno y la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, presta apoyo administrativo a la Comisión de Coordinación y Planificación.

  5. Está adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda el Instituto Canario de Estadística.

Artículo 4 1

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, bajo la superior dirección del Consejero, se estructura en los siguientes órganos superiores:

  1. Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación.

  2. Secretaría General Técnica.

  3. Dirección General de Infraestructura Viaria.

  4. Dirección General de Transportes.

  5. Dirección General de Aguas.

  1. De la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación dependen las Direcciones Generales relacionadas en el apartado anterior.

  2. Está adscrita a la Consejería de Obras Públicas y Transportes la entidad Puertos Canarios.

Artículo 5 1

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR