DECRETO 89/2015, de 22 de mayo, que modifica el Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La Presidencia del Gobierno de Canarias vela por el adecuado desarrollo de la actividad convencional del sector público autonómico. Por ello, desde su Secretaría General, se impulsó la aprobación del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el objeto de establecer un régimen adecuado de dicha actividad a los efectos de integrarla y dar coherencia al conjunto, así como mejorar la seguridad jurídica y la publicidad en dicho ámbito de actuación pública, mediante la inscripción de los convenios suscritos en el nuevo Registro General de Convenios del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias y su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

La aprobación de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública viene a incidir en determinados aspectos del Registro General de Convenios, regulado en el Capítulo III del Decreto 74/2014 que definen el procedimiento de inscripción registral, el contenido del mencionado Registro y la responsabilidad de la Secretaría General para ordenar la publicación oficial de los convenios después de su inscripción.

El artículo 29 de la citada Ley de transparencia y de acceso a la información pública, pone de manifiesto la necesidad de modificar el Decreto 74/2014 para garantizar fundamentalmente que la publicación de los convenios tenga lugar dentro de los veinte días siguientes a su suscripción; así como que su correspondiente inscripción registral contemple determinados aspectos informativos que actualmente no se recogen en el Registro General de Convenios. Esta modificación normativa, por consiguiente, obliga a replantear el sistema de registro y publicidad diseñado por el citado Decreto, con el fin de que dicho Registro pueda ser el instrumento adecuado para cumplir con las exigencias de información pública y transparencia de los convenios e instrumentos de colaboración que se suscriban; y al mismo tiempo se mantenga como una herramienta que permite a la Presidencia del Gobierno, a través de su Secretaría General, conocer y comprobar el estado de la actividad convencional de los entes a los que...

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