DECRETO 358/2015, de 9 de noviembre, por el que se dispone la suspensión, para ámbito territorial concreto, de la vigencia del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria y del Plan Territorial Especial del Corredor de Transporte Público con Infraestructura Propia y Modo Guiado entre Las Palmas de Gran Canaria y Maspalomas (PTE-21), con el objeto de viabilizar la ordenación de un equipamiento turístico complementario en dicho ámbito, y se aprueba una norma cautelar transitoria que garantice la continuidad del trazado ferroviario (término municipal de San Bartolomé de Tirajana, Gran Canaria).

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad
Rango de LeyDecreto

El Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria (en adelante, PIOGC) prevé, en el ámbito de "El Veril", lo que denomina como "Área Libre con Equipamiento". De conformidad con el artículo 252.3.f) de su normativa, las "Áreas Libres con Equipamiento" constituyen espacios y enclaves que han de permanecer fundamentalmente libres de urbanización, "siendo admisible en estas áreas la implantación de equipamientos de ocio o deportivos, predominantemente ambos al aire libre, tales como golf, centros hípicos y análogos, a fin de no alterar los rasgos básicos del paisaje abierto que las identifica".

En ese mismo ámbito, el PIOGC se limita a establecer un corredor esquemático de transporte público que no obstaculiza el desarrollo de la citada "Área Libre con Equipamiento". Asimismo, el Plan Insular remite el desarrollo de esta área a Plan Territorial Parcial (concretamente, al PTP-9).

Dicho PTP-9 ("Plan Territorial Parcial de Ordenación del Espacio entre la GC-1 y la GC-500 [C-812] en San Bartolomé de Tirajana") se encuentra actualmente en tramitación, en fase de aprobación definitiva; de modo que el documento de aprobación provisional de dicho instrumento, aprobado por el Pleno del Cabildo Insular de Gran Canaria con fecha 29 de enero de 2014, ordena un Equipamiento Estructurante Turístico en el citado ámbito de El Veril (o "La Maleza", según la toponimia manejada en dicho Plan), a través de la actuación E3-EET (ND).

El vigente Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana clasifica y categoriza el citado suelo como urbanizable no programado, destinado a "Parque Temático Recreativo" con uso complementario "social y comercial". Y, por su parte, el documento de aprobación inicial del Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad (en adelante, PMMI) de El Veril, actualmente en trámite, tiene por objeto la implantación, en dicho ámbito, de un Parque Temático con oferta alojativa turística complementaria.

No obstante todo lo anterior, actualmente se encuentra vigente el Plan Territorial Especial del Corredor de Transporte Público con Infraestructura Propia y Modo Guiado entre Las Palmas de Gran Canaria y Maspalomas (en adelante, PTE-21), aprobado por Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial de 16 de junio de 2010 (BOC nº 123, de 24 de junio de 2010); instrumento también aprobado en desarrollo del PIOGC y que tiene por objeto, según dispone el artículo 1.2 de su normativa, "la ordenación del sistema de transporte público en el corredor este de Gran Canaria, entre Las Palmas de Gran Canaria y Maspalomas, y la integración de un nuevo sistema de transporte con infraestructura propia y modo guiado en dicho ámbito". En lo que respecta al ámbito que nos ocupa, dicho PTE-21 establece un trazado de tren que atraviesa por completo el ámbito de El Veril, ubicando en él la estación de Playa del Inglés e imposibilitando, en...

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