DECRETO 157/2016, de 19 de diciembre, por el que se aprueban determinados ámbitos suspendidos, en el área urbana de Barranco de Las Torres, del Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de La Caleta-Playa Paraíso-Callao Salvaje (municipio de Adeje, Tenerife).

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 20/2016, de 21 de marzo (BOC nº 67, de 8 de abril de 2016), se aprobó definitivamente y de forma parcial el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de La Caleta-Playa Paraíso-Callao Salvaje (municipio de Adeje, Tenerife).

En virtud del artículo 2 del citado Decreto, quedaron suspendidos varios ámbitos del Plan, concretados en una serie de piezas localizadas en los núcleos de La Caleta (Barranco de Las Torres) y de Callao Salvaje (Callao Salvaje I, Callao Salvaje II, Sueño Azul e Iboibo). Uno de los ámbitos suspendidos, de acuerdo con el apartado 1 de dicho artículo, es el siguiente:

"En el núcleo de La Caleta, el área urbana de Barranco de Las Torres:

- La pieza 04016, a los efectos de que opere la ordenación actualmente vigente.

- Para la supresión de la compatibilidad de los usos turístico y residencial en las piezas 04017, 04018, 04019, 04021, 04023, 04024, 04025, 04026, 04027, 04028, 04031 y 04032, calificadas con el uso turístico extrahotelero de villa turística".

En el Anexo I de la normativa aneja a dicho Decreto (Tomo V del Plan), la anterior previsión se concretó en la suspensión de la totalidad del área urbana 04 "Barranco de Las Torres", abarcando dicha suspensión a todas las piezas comprendidas entre la 04001 y 04032, ambas inclusive.

Posteriormente, mediante Decreto 99/2016, de 18 de julio (BOC nº 143, de 26 de julio de 2016), se aprueban determinados ámbitos suspendidos del Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad, no afectando el levantamiento de dicha suspensión al área urbana de Barranco de Las Torres, que se mantiene sin aprobación definitiva en virtud del artículo 2 de este segundo Decreto.

No obstante...

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