DECRETO 8/2009, de 27 de enero, por el que se aprueba el Plan de Recuperación de las especies vegetales Colino Majorero, Conservilla Majorera y Cardo de Jandía ('Crambe Sventenii', 'Salvia Herbanica' y 'Onopordon Nogalesii').

BOC. Boletín Oficial de Canarias núm. 024, 5 de Febrero de 2009III. OTRAS RESOLUCIONES › Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

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DECRETO 8/2009, de 27 de enero, por el que se aprueba el Plan de Recuperación de las especies vegetales Colino Majorero, Conservilla Majorera y Cardo de Jandía ('Crambe Sventenii', 'Salvia Herbanica' y 'Onopordon Nogalesii').

Crambe sventenii es una planta leñosa, ramificada, con hojas liradas algo coriáceas e inflorescencias muy ramificadas con flores blancas, mientras que Salvia herbanica es un pequeño arbusto leñoso de hojas lanceoladas que posee flores en espigas terminales de color violeta.

Aunque en la actualidad, ambas especies viven refugiadas en zonas inaccesibles, es probable que formaran parte de los tabaibales dulces de la región sur-oriental de Fuerteventura.

Onopordon nogalesii en cambio es una planta con hojas en roseta basal, espinosas e inflorescencias en cabezuelas terminales, con flores de color púrpura. Posee una distribución restringida a una única localidad en el Macizo de Jandía, donde es característica de la vegetación arbustiva de uno de sus barrancos.

Estas tres especies se encuentran incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas en la categoría "en peligro de extinción". Asimismo, el anexo del Decreto 151/2001, de 23 de julio, que crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias, modificado por el Decreto 188/2005, de 13 de septiembre, incluye en su apartado A.1.2 las especies "Crambe Sventenii", "Salvia Herbanica" y "Onopordon Nogalesii" como especies "en peligro de extinción".

Además, Crambe sventenii y Onopordon nogalesii se incluyen en el anexo II de la Directiva Hábitats como especies prioritarias.

De acuerdo con el artículo 5.1.a) del mencionado Decreto 151/2001, de 23 de julio, la inclusión de una especie, subespecie o población en el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias en la categoría "en peligro de extinción" requerirá la redacción de un Plan de recuperación en el que se definan las medidas necesarias para eliminar tal peligro de extinción.

Asimismo, el artículo 6.k) del Decreto 111/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de servicios forestales, vías pecuarias y pastos; protección del medio ambiente y gestión y conservación de los espacios protegidos, dispone que la elaboración, tramitación y aprobación de los planes de recuperación de especies en peligro de extinción quedan reservadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En consecuencia, por parte de la Dirección General del Medio Natural se ha elaborado el correspondiente Plan de Recuperación, cuya finalidad es la de superar la situación de estado crítico de conservación en la que se encuentran. Para ello se desarrollarán, en un único Plan de 5 años de duración, una serie de medidas y actuaciones basadas en el incremento del número de efectivos de las subpoblaciones o poblaciones más reducidas y en asegurar la estabilidad de las mejor conservadas, además de garantizar su conservación "ex situ". Se pretende por tanto atenuar o eliminar los factores de amenaza que inciden actualmente sobre cada especie, de manera que se propicie su supervivencia de una forma sostenible.

Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente nº 230, de 26 de mayo de 2008, se aprobó el Documento de Avance del "Plan de Recuperación del Colino Majorero, la Conservilla Majorera y el Cardo de Jandía ("Crambe Sventenii", "Salvia Herbanica" y "Onopordon Nogalesii")", ordenando la realización de consulta institucional a las Administraciones territoriales afectadas y al Patronato Insular de Espacios Naturales Protegidos de Fuerteventura, así como el sometimiento del Plan a información pública.

El citado Documento de Avance se sometió a consulta institucional del Cabildo Insular de Fuerteventura y Ayuntamientos de Tuineje, Antigua y Pájara, así como al trámite de información pública, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 123, de 20 de junio de 2008.

Habiéndose solicitado el preceptivo informe del Patronato Insular de Espacios Naturales Protegidos de Fuerteventura, y vistos los artículos 5.4 y 5.5 del Decreto 151/2001, de 23 de julio.

Visto el artículo 5.6 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobado por Decreto 20/2004, de 2 de marzo, que señala que corresponde al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial proponer al Gobierno la aprobación de los planes de recuperación...

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