ACUERDO de 6 de mayo de 1987, de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, por el que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Agaete y Plan Parcial Puertode Las Nieves (Gran Canaria).

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Política Territorial
Rango de LeyAcuerdo

La ComisiÛn de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en sesiÛn celebrada el 6 de mayo de 1987 en relaciÛn con el asunto referenciado, adoptÛ el siguiente acuerdo:

Resultando que, con fecha 13 de noviembre de 1986 tuvo entrada en la ConsejerÌa de PolÌtica Territorial el expediente relativo a la modificaciÛn de las Normas Subsidiarias de Agaete y Plan Parcial Puerto de Las Nieves, promovido por el Ayuntamiento, a los efectos de su aprobaciÛn definitiva por la ComisiÛn 'de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias.

Considerando que en el plazo de zonificaciÛn se detectan errores de grafismo referidos a:

- La trama de las parcelas 13 del Sector Las Nieves y 7 del Sector La Costa, cuya edificaciÛn debe ser comercial, social y complementarias, de acuerdo con el resto de los documentos.

- La parcela n9 15 de Las Nieves que debe tener uso residencial y obligatorio de comercial y complementario en toda la planta baja.

- La p·gina 14 de la memoria donde existe un error de transcripciÛn en la reconversiÛn de viviendas al uso hotelero, cuya equivalencia debe ser de dos mÛdulos de habitaciÛn por vivienda.

Considerando que las ordenanzas particulares de las zonas deben completarse en los siguientes extremos:

a.- Las alturas permitidas se computar·n en todas las fachadas de la edificaciÛn, incluso en los interiores en el caso de existir espacios libre en el interior de las parcelas.

b.- Los sÛtanos no podr·n ser destinados m·s que a aparcamientos y localizaciÛn de salas de maquinaria o aljibes al servicio del complejo edificatorio.

c.- Los semisÛtanos no podr·n sobrepasar 0,5 m., sobre la rasante de la parcela, permitiÈndose en ellos, adem·s de los usos previstos para los sÛtanos, instalaciones al servicio del complejo tales como almacenaje, vestuarios de personal, cocinas, lavanderÌas o gimnasio prohibiÈndose expresamente las zonas comerciales y los...

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