Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 6 de agosto de 2014, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de julio de 2014, relativo a la subsanación de condicionantes de la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Infraestructura Viaria. Nuevo acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el sur.- Expte. 2009/1006.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial
Rango de LeyResolución

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 29 de julio de 2014, relativo a la subsanación de condicionantes a la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Infraestructura viaria Nuevo Acceso a Telde desde GC-3 y su prolongación hacia el sur, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de agosto de 2014.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 29 de julio de 2014, en su sede de Cabildo Insular de Lanzarote, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 27.1.e).II del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, considerar íntegramente subsanados los condicionantes establecidos en el acuerdo de la COTMAC de 26 de noviembre de 2012, por el que se aprobó condicionada la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Ordenación de Infaestructura Viaria: nuevo acceso a Telde desde la GC-3 y su prolongación hacia el Sur. Expediente 2009/1006 (PTEO-GC3-NAT).

Contra el dispositivo primero por ser acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto...

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