ORDEN de 21 de julio de 2014, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria para el año 2014, de subvenciones para aplicación de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas en instalaciones municipales.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Empleo, Industria y Comercio
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Industria y Energía, para la concesión de subvenciones para aplicación de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas en instalaciones municipales, en el ejercicio 2014.

Visto el Informe elaborado por el órgano colegiado establecido para la valoración de las solicitudes presentadas en la convocatoria de 11 de febrero de 2014.

Vista la Orden de 9 de junio de 2014, por la que se resuelve provisionalmente para el año 2014 la convocatoria de subvenciones para aplicación de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas en instalaciones municipales, y se amplía el plazo establecido de ejecución y justificación (BOC nº 114, de 16 de junio de 2014).

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Industria y Energía.

Teniendo en cuenta los siguientes

  1. ANTECEDENTES

    1. - Por Orden de 11 de febrero de 2014, se efectuó convocatoria para el año 2014, para la concesión de subvenciones para la aplicación de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas en instalaciones municipales, de acuerdo a las bases establecidas en la Orden de 20 de diciembre de 2013, que han de regir en dicha concesión.

    2. - Mediante Orden de 9 de junio de 2014 se resuelve provisionalmente para el año 2014 la convocatoria de subvenciones para aplicación de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas en instalaciones municipales, y se amplía el plazo establecido de ejecución y justificación (BOC nº 114, de 16 de junio de 2014).

    3. - En el apartado octavo del resuelvo de la citada Orden, se establecía que "los beneficiarios deberán presentar ante la Dirección General de Industria y Energía en el plazo de 15 días siguientes a la notificación de esta resolución, su aceptación en los términos expuestos en la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en la base 30 de la Orden de 20 de diciembre de 2013. En caso de no otorgarla en dicho plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención."

    4. - Los Ayuntamientos beneficiarios han presentado su aceptación, excepto los que se indican a continuación que no aceptan o presentan su renuncia a la subvención propuesta para el proyecto que se indica.

      Ver anexo en la página 20284 del documento Descargar

    5. - En el apartado quinto de la citada Orden de 9 de junio de 2014, se establece como lista de reserva, según lo dispuesto en la base 35 de la Orden de 20 de diciembre de 2013, las subvenciones solicitadas por los Ayuntamientos que se indican en el Anexo III de la misma, para la ejecución de las obras que se citan en el mismo. Indicándose que el figurar en dicha lista de reserva no implicará en ningún caso la existencia de derechos preexistentes.

    6. - La mencionada base 35 indica también que "Si no se aceptase la subvención por alguno de los solicitantes incluidos en la propuesta de resolución provisional, y se hubiera liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas que siguen en orden de puntuación, se incluirá en la propuesta de concesión al solicitante o solicitantes por orden de puntuación que reuniendo los requisitos establecidos en las presentes bases, no...

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